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El Código Técnico de la Edificación y el ahorro de la Energía.

9-4-09. Suelo Solar
jueves, 9 abril 2009.
Suelo Solar
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La preocupación medioambiental asociada a la energía empleada en los edificios tiene como finalidad limitar las emisiones de dióxido de carbono mediante la mejora de la eficiencia energética.

El objetivo del requisito básico “Ahorro de energía” consiste en conseguir un uso racional de la energía necesaria para la utilización de los edificios, reduciendo a límites sostenibles su consumo y conseguir asimismo que una parte de este consumo proceda de fuentes de energía renovable, como consecuencia de las características de su proyecto, construcción, uso y mantenimiento.

Para satisfacer este objetivo, los edificios se proyectarán, construirán, utilizarán y mantendrán de forma que se cumplan las exigencias básicas que se establecen en los apartados siguientes.

El Documento Básico “DB HE Ahorro de energía” especifica parámetros objetivos y procedimientos cuyo cumplimiento asegura la satisfacción de las exigencias básicas y la superación de los niveles mínimos de calidad propios del requisito básico de ahorro de energía.

Las nuevas políticas energéticas y medioambientales

El fomento de la eficiencia energética constituye una parte importante del conjunto de políticas y medidas necesarias para el cumplimiento de los compromisos del Protocolo de Kyoto y otras políticas del Gobierno como la Estrategia de Eficiencia Energética aprobadas por el Gobierno en 2003, con el nombre de E4.

La preocupación medioambiental asociada a la energía empleada en los edificios tiene como finalidad limitar las emisiones de dióxido de carbono mediante la mejora de la eficiencia energética. En este sentido, la Unión Europea aprobó la Directiva 93/76/CEE y posteriormente la 2002/91/CE en la que obliga a los Estados miembros a fijar unos requisitos mínimos de eficiencia energética para los edificios nuevos y para grandes edificios existentes que se reformen.

En España deben ponerse en vigor las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas necesarias para dar cumplimiento a la Directiva antes del 4 de enero del 2006.

Actualmente, parte de los requisitos de la citada Directiva de Eficiencia Energética puede decirse que se encuentran en la todavía vigente normativa básica de la edificación NBE CT-79 sobre Condiciones Térmicas de los edificios y el Reglamento de Instalaciones Térmicas aprobado en 1998. El nuevo Documento Básico DB-HE de ahorro de energía del CTE tiene como objetivo conseguir un uso racional de la energía necesaria para la utilización de los edificios, reduciendo su consumo energético y utilizando para ello fuentes de energía renovable.

El CTE es un medio para cumplir la Directiva 2002/91

Con la aprobación del Código Técnico de la Edificación se pretende dar cumplimiento así a parte de la directiva actuando sobre la demanda energética de los edificios mediante la adopción de uno de los dos procedimientos siguientes.

Dos opciones para cumplir las exigencias del CTE

la demanda energética son las necesidades que cada edificio, en relación con su diseño, configuración, construcción y orientación y situación climática requiere que sea aportada por los sistemas de calefacción o refrigeración para alcanzar unos niveles de bienestar térmico aceptables y suficientes. En relación con esta demanda, el código, en su DB-HE establece unas limitaciones que conducen a unas demandas contenidas y para ello propone dos opciones. Con la denominada opción simplificada, basada en un control indirecto de la demanda energética del edificio, se limitan los parámetros característicos de los cerramientos y particiones que componen su envolvente térmica. Para los casos más frecuentes de viviendas este será el camino más sencillo de poder cumplimentar las exigencias.

Con la opción general, mucho más precisa, se evalúa la demanda energética del edificio mediante la comparación de ésta con la correspondiente a un edificio de referencia que define la propia opción. Ello requiere unos cálculos más complejos pero de gran precisión que generalmente solo será necesario realizar para determinados edificios de uso terciario

Un programa informático para facilitar el cumplimiento

La evaluación en la opción general se realizará con un programa informático de referencia que desarrolla el método de cálculo fijado en el propio documento Básico. La versión oficial de este programa se denomina Limitación de la Demanda Energética, LIDER, y tendrá la consideración de documento reconocido del CTE, estando disponible al público para su libre disposición.

Descargar aqui el Programa LIDER v1.0 del Código Técnico de la Edificación (Fecha de actualización 05/12/07)

Condensaciones e infiltraciones

En ambas opciones se limita la presencia de condensaciones superficiales y en el interior de los cerramientos y se limitan las pérdidas energéticas debidas a las infiltraciones de aire, lo que por un lado podría perjudicar al sistema de aislamiento haciéndolo ineficiente, o provocar molestias por humedades de condensación que generen crecimiento de mohos, y en todo caso incrementar las pérdidas de calor en ambos casos.

La disminución del consumo total de energía en los edificios además de la reducción de la demanda energética, debe tener en cuenta una mejora del rendimiento de las instalaciones, aspecto que está siendo desarrollado en la revisión del citado RITE en consonancia con el CTE.

Reducción de la demanda de un 25%

Concretamente, el objetivo del documento es una reducción media de la demanda de calefacción en un 25% en relación con la situación actual. Es conocido que el sector de la vivienda más el sector servicios absorbe gran parte del consumo final de energía, con las consecuentes emisiones de dióxido de carbono.

Las previsiones según el estudio de impacto realizado son que la demanda de calefacción experimentará a nivel de todo el país una reducción media que oscila entre el 21%, como valor mínimo esperado para las viviendas en bloque y el 37%, valor máximo esperado en viviendas unifamiliares.

Ahorro en la iluminación

Además de la limitación de la demanda el documento trata la eficiencia energética de las instalaciones de iluminación e incorpora la obligación de disponer un sistema de control que optimice el aprovechamiento de la luz natural.

Agua caliente por paneles solares y electricidad fotovoltaica

Por último el documento establece que para el calentamiento del agua caliente sanitaria habrá que instalar paneles solares de baja temperatura que cubran una parte de las necesidades energéticas y que en los edificios con alto consumo de energía eléctrica se incorporaren paneles fotovoltaicos que produzcan electricidad para uso propio o suministro a la red.

Sostenibilidad y energía

Ante la creciente demanda de calidad por parte de la sociedad y la necesidad de proponer estrategias de desarrollo sostenible en al ámbito efdificatorio, el objetivo finalista de este documento es promover una construcción más sostenible aumentando los niveles de exigencias respecto a la normativa actual, a partir de la mejora de la envolvente de los edificios y la eficiencia de sus instalaciones, exigiendo unas condiciones higrotérmicas aptas para el uso de los mismos, reduciendo las necesidades de consumo de energía fósil y avanzando hacia el uso generalizado de las energías renovables.

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