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La certificación energética permite comparar y evaluar el valor de los inmuebles.

29-4-13. Carlos Mateu
lunes, 29 abril 2013.
Carlos Mateu
La certificación energética permite comparar y evaluar el valor de los inmuebles.
Suelo Solar entrevista a D. Álvaro Ibáñez, arquitecto, quién explica a nuestros lectores que la certificación energética da un valor a los inmuebles existentes hasta la fecha desconocido por compradores e inquilinos.

Buenos dias D. Álvaro:

Agradecerte tu presencia en el día de hoy.
El objeto de esta entrevista es conocer tu opinión sobre la aplicación práctica que va a tener en España.

El pasado día 13 de abril, se promulgó en el BOE el
Real Decreto 235/2013, de 5 de abril, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios. A raíz de este Real Decreto, a partir del próximo 1 de junio, los propietarios de los inmuebles deberán disponer y registrar en su Comunidad Autónoma el certificado de eficiencia energética para vender o alquilar los mismos.

Y no sólo deben disponer y registrar los propietarios de inmuebles destinados a la venta o arrendamiento estos certificados...deberán publicitarlos. En esta línea las agencias inmobiliarias, tanto en sus escaparates, como en sus Webs, así como en los portales de internet inmobiliarios, se deberá publicitar la etiqueta energética de los inmuebles objeto de compraventa o arrendamiento. Algo totalmente revolucionario en el sector inmobiliario español...

Para los que no conozcan a D. Álvaro Ibáñez Junquera, Arquitecto, socio co-fundador de cz49 arquitectos estudio de Arquitectura y Urbanismo con sede en Madrid, especialista en patología edificatoria, rehabilitación y eficiencia energética. Durante su trayectoria profesional ha participado en el desarrollo y ejecución de numerosos proyectos y obras en todo el territorio nacional.

Su misión en esta entrevista, es compartir con todos nuestros lectores su visión práctica de la certificación y de la etiqueta energética de los inmuebles....

Si te parece Álvaro, comenzamos con la entrevista....


P.- ¿Consideras que el Real Decreto 235/2013, de 5 de abril, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios, va a potenciar la eficiencia energética de los inmuebles?

R.- Desgraciadamente se trata de una Normativa que ha entrado en vigor en nuestro país con muchos años de retraso.
Personalmente creo que es una cuestión cultural que nos llevará tiempo y se irá implantando lentamente, pero al final, igual que ha ocurrido con los electrodomesticos y vehículos, cada vez será más normal que se favorezca la promoción de edificios de alta eficiencia energética y los usuarios realicen inversiones en ahorro de energía.

P.- ¿Podrías explicar a nuestros lectores cual es el objetivo de la calificación y certificación energética?

R.- Se trata de poner a disposición de todo comprador o usuario de un edificio o parte de este, un certificado que les informe objetivamente de la eficiencia energética, con el fin de comparar y evaluar.
Además, indica las emisiones de CO2, lo que favorecerá la toma de medidas para la reducción de estas emisiones en el sector residencial.

P.- Hemos tenido conocimiento que algunas entidades bancarias están contactando con expertos en certificación energética habilitados legalmente  para que a su cartera de inmuebles embargados les presten este servicio por 25 € por certificado, sin incluir los costes de visado y Registro… ¿crees que con 25 euros, se pueden cubrir los costes de desplazamiento, de estudio, de redacción, etc, etc…? ¿Qué opinas de estas propuestas económicas que algunos  bancos están haciendo para cumplir esta exigencia legal?

R.- Cualquier técnico que haya realizado algún Certificado Energético, estará de acuerdo en que es una tarea laboriosa, ya que requiere de una minuciosa toma de datos y estudio del inmueble, seguido de un proceso informático (calificación y propuesta de mejoras) por el que se determina la Eficiencia Energética de dicho inmueble.Parece difícil que algún “profesional” pueda valorar la gran cantidad de tiempo y trabajo que se debe emplear en todo este proceso en 25 € y, lo único que podemos deducir, es que cualquier trabajo realizado bajo esas condiciones será mirado bajo sospecha.

No obstante, se prevé la realización de inspecciones estadísticas que, con el endurecimiento de las sanciones, darán que pensar a todo aquel que se plantee hacer un “corta y pega” del Certificado.

En cuanto a la propuesta económica de las entidades bancarias, me parece vergonzoso, ya que tratan de aprovecharse de una mala situación del sector promoviendo la “esclavitud” y perjudicando de forma a los profesionales.

P.- ¿Qué precios aproximados existen en el mercado para la certificación energética de inmuebles?

R.- Al tratarse de una medida de reciente aprobación, no existen aún datos en los que basarnos para establecer un baremo de precios orientativos. Tenemos la referencia de países vecinos, como Italia, donde se están cobrando entre 250 y 350 € por viviendas de unos 100 m2, aunque esos precios se vieron elevados rápidamente por la gran demanda que surgió. Esperemos que en España podamos trabajar con precios que no devaluen nuestra profesión, manteniendo unos baremos de entre 2,5 y 3 €/m2.

A estos precios habrá que sumar los correspondientes gastos de visado y registro, en su caso.

P.- Para la emisión del Certificado Energético ¿es necesario que acuda el técnico oficial al inmueble?, o ¿puede acudir al inmueble un ayudante del profesional sin ninguna cualificación profesional de ingeniería o arquitectura?

R.- La emisión del Certificado Energético estará siempre suscrita por unTécnico competente, elegido libremente por la propiedad, entre las categorías profesionales habilitadas en el Artículo 1.3.p.

No obstante, en el Artículo 1.3.q. del Procedimiento Básico, se crea la figura de “Técnico Ayudante”, que podrá realizar la toma de datos y otras actividades auxiliares del proceso de certificación energética.

Queda claro, que la emisión del Certificado es competencia estrictamente de un profesional habilitado, que podrá contar con la colaboración en ciertos procesos de un técnico ayudante y, en ningún caso, se debe contar con personal sin cualificación específica en el proceso de certificación energética.

Muchas gracias D. Álvaro. Sin duda alguna, la etiqueta energética, va a dar un valor diferente a los inmuebles que hasta la fecha los ciudadanos desconocían.

Un inmueble por muy bonito que sea ó nos parezca a primera vista, no significa por ello, que sea un inmueble eficiente energéticamente y eso es lo que el legislador, como muy bien has explicado a nuestros lectores, trata de explicar con ésta norma.

Desde este lugar de encuentro de entrevista ofrecemos a nuestros lectores la posibilidad de contactar directamente con el entrevistado cumplimentando debidamente la siguiente tabla de recogida de datos:

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