Suelo Solar entrevista a D. Pablo Sanz Estrada, arquitecto técnico y experto en eficiencia energética, quién aboga por promover la eficiencia energética y el ahorro en los inmuebles.
Buenos dias Pablo:
Agradecerte tu presencia en el día de hoy.
El objeto de esta entrevista es conocer tu opinión sobre la aplicación práctica que va a tener en España la certificación energética.
El pasado día 13 de abril, se promulgó en el BOE el Real Decreto 235/2013, de 5 de abril, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios. A raíz de este Real Decreto, a partir del pasado día 1 de junio, los propietarios de los inmuebles deberán disponer y registrar en su Comunidad Autónoma el certificado de eficiencia energética para vender o alquilar los mismos.
Y no sólo deben disponer y registrar los propietarios de inmuebles destinados a la venta o arrendamiento estos certificados...deberán publicitarlos. En esta línea las agencias inmobiliarias, tanto en sus escaparates, como en sus Webs, así como en los portales de internet inmobiliarios, deberán publicitar la etiqueta energética de los inmuebles objeto de compraventa o arrendamiento. Algo totalmente revolucionario en el sector inmobiliario español...
Para los que no conozcan a D. Pablo Sanz Estrada señalar que es arquitecto Técnico y Responsable del Departamento Técnico de la empresa AyE. Certificaciones Energéticas.
Su misión en esta entrevista, es compartir con todos nuestros lectores su visión práctica de la certificación y de la etiqueta energética de los inmuebles....
Si te parece bien Pablo, comenzamos con la entrevista....
P.- ¿Consideras que el Real Decreto 235/2013, de 5 de abril, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios, va a potenciar la eficiencia energética de los inmuebles?
R.- Desde luego creo que la aprobación del Real Decreto es una buena iniciativa para fomentar el autoconsumo y la eficiencia energética de los inmuebles. La tendencia de estos últimos meses por parte de los propietarios de los inmuebles es dispar, algunos lo ven como una “imposición” más por parte de la Administración, mientras que hay otro colectivo que apuesta por la iniciativa y cree como nosotros que tiene un significado positivo de cara, ya no sólo a mejorar las condiciones de eficiencia de los inmuebles, sino al ahorro económico.
Sí es cierto que queda un largo camino por recorrer en este campo, pero gracias al Plan de Ahorro y Eficiencia energética 2011-2020, se llevarán a cabo subvenciones y ayudas a la rehabilitación, por lo que estoy plenamente convencido que conseguiremos entre todos potenciar la eficiencia energética del parque edificatorio actual.
P.- ¿Cuál es el objetivo del Plan de Ahorro y Eficiencia Energética 2011-2012 aprobado por el Consejo Europeo?
R.- El Consejo Europeo a través de este Plan dictamina que a más tardar el 30 de abril de 2014, y a continuación cada tres años, los Estados miembros presentarán Planes nacionales de acción para la eficiencia energética. Planes donde se fijarán las actuaciones y mecanismos para conseguir los objetivos marcados.
Es por esto, por lo que se han fijado como objetivo para 2020 ahorrar un 20% del consumo de energía primaria.
Si se cumplen estos planes, estoy seguro que durante estos años existirán numerosas ayudas y subvenciones destinadas a la rehabilitación energética para las viviendas con menor calificación energética.
P.- ¿Podrías explicar a nuestros lectores cual es el objetivo de la calificación y certificación energética?
R.- Desde mi punto de vista, los objetivos son varios, por un lado se pretende mejorar la información del consumidor que va adquirir o alquilar un inmueble, de modo que disponga no sólo del precio de venta o alquiler, sino de una estimación de emisiones de CO2 y de los costes reales de mantenimiento.
Por otro lado, permite obtener un análisis energético de la vivienda y de las diferentes medidas susceptibles de acometer para mejorar las características energéticas.
P.- Hemos tenido conocimiento que algunas entidades bancarias están contactando con expertos en certificación energética habilitados legalmente para que a su cartera de inmuebles embargados les presten este servicio por 25 € por certificado, sin incluir los costes de visado y Registro… ¿crees que con 25 euros, se pueden cubrir los costes de desplazamiento, de estudio, de redacción, etc, etc…? ¿Qué opinas de estas propuestas económicas que algunos bancos están haciendo para cumplir esta exigencia legal?
R.- Desde luego ese precio me parece completamente surrealista. Hay que tener en cuenta las horas reales que se dedican a realizar el informe con profesionalidad (desplazamientos, toma de datos de la vivienda, estudios previos de sombras, cálculos de potencias de las instalaciones, volcado de datos al programa informático, estudio de medidas de mejora…) todo ello, sin tener en cuenta los costes de desplazamiento, visado y trámites de registro.
Todo esto son labores importantes a la hora de obtener un certificado de calidad y fiel con la realidad, con ello, el propietario evitará incurrir en infracciones legales y podrá disponer de una información veraz con la que mejorar su inmueble y hacerlo más competitivo frente al resto de ofertas del mercado inmobiliario.
Las propuestas económicas que se están escuchando últimamente por parte de entidades bancarias me parecen totalmente abusivas y que atentan contra la reputación de los técnicos certificadores. Es un peligro el permitir que empresas de este tipo controlen el mercado laboral de la certificación energética, que se presenta como una vía de salida a la crisis actual.
Para evitar este tipo de atropellos, decidimos hace más de un año abrir AyE Certificaciones Energéticas, con el fin de de ofrecer un trabajo de calidad, a unos precios adecuados y que respeten tanto a los clientes como a los profesionales.
P.- Algunos profesionales habilitados en emitir estos certificados energéticos están contactando con los agentes inmobiliarios para crear sinergias en la consecución de un gran número de contactos de vendedores y arrendadores de pisos que les encarguen sus servicios profesionales. ¿Es legal que los agentes inmobiliarios acudan a los inmuebles para recoger los datos, planos y fotos que les pidan los profesionales habilitados a cambio de una comisión por esta labor que el profesional habilitado prefiere hacer desde su despacho?.
R.- Puede ser legal siempre y cuando el que realice la toma de datos sea el llamado técnico ayudante del proceso de certificación, tal y como establece el RD 235/2013. Para ello, debe demostrar formación profesional en esta competencia.
Otro tema es, si esta toma de datos por parte de un técnico externo garantiza la calidad de la certificación. Es evidente que el técnico ayudante no tiene conocimientos avanzados de edificación ni instalaciones, por lo que la toma de datos de instalaciones y sistemas constructivos complejos requiere de conocimientos y experiencia previa. Una toma de datos equivoca puede llegar a bajar la calificación energética hasta dos letras por debajo de la real.
Desde mi punto de vista, debe ser el mismo técnico quien realice la toma de datos y posteriormente calcule el certificado energético, ya que de este modo, te aseguras una calificación energética acorde a los datos reales de la vivienda.
P.- Según la norma que regula la Certificación energética en los inmuebles, el resultado de la calificación energética no implica la obligatoriedad de realizar obras de mejora. ¿Consideras que para una calificación negativa tipo F o G debería ser obligatorio que el propietario, -salvo que acredite falta de capacidad económica-, proceda a acomodar la vivienda a un estado energético aceptable?
R.- Debido a la situación económica por la que atravesamos actualmente, creo que no se le puede exigir a nadie, por el momento, que realice obras para mejorar su vivienda energéticamente.
Si lo que se pretende es intentar acomodar el parque edificatorio actual a un estado energético aceptable, debería ser el propio gobierno, quien a través de ayudas y subvenciones pusiera en marcha esta iniciativa. Esto ayudaría ligeramente a impulsar el sector construcción y por otro lado, apostar por la rehabilitación energética que tanta falta hace en España.
P.- ¿Qué precios aproximados existen en el mercado para la certificación energética de inmuebles?
R.- Se trata de un mercado libre, en el que cada técnico valora su propio trabajo. Podemos encontrarnos desde los llamados “precios basura” en los que se cobra al propietario 25€ por el certificado energético hasta 120-150 € para viviendas de hasta 100 m2.
Es obvio que estos precios varían en función de la tipología edificatoria y complejidad de sus instalaciones, así como en la necesidad urgente del certificado por parte del propietario. Otro tema, son los costes derivados del trámite de registro, los cuales, algunas plataformas los cobran y otros realizan ese proceso gratuito.
P.- ¿Cuándo se tiene previsto que comiencen las inspecciones para vigilar la etiqueta energética?
R.- La primera en ponerse en marcha ha sido la Dirección General Madrileña de Industria, Energía y Minas. Contará con un servicio de inspectores para controlar que las viviendas que se vendan o alquilen dispongan de su correspondiente y correcta etiqueta energética.
El control se desarrolla a través de dos equipos distintos, uno de ellos, lleva a cabo una labor de oficinas y el otro, se encarga del trabajo de campo. Los primeros revisan la documentación que se presenta y los segundos visitarán los inmuebles para verificar que el técnico que firma los certificados tiene la competencia para hacerlo y que los datos consignados en el certificado, y que sirven para obtener la calificación de eficiencia energética, se corresponden con los reales de la vivienda, local o edificio.
Me imagino que se irán creando progresivamente en las distintas Comunidades Autónomas y seguramente para finales de año ya contaremos con inspecciones en todo el territorio nacional.
Muchas gracias Pablo.
Sin duda alguna, la etiqueta energética, va a dar un valor diferente a los inmuebles que hasta la fecha los ciudadanos desconocían.
Un inmueble por muy bonito que sea ó nos parezca a primera vista, no significa por ello, que sea un inmueble eficiente energéticamente y eso es lo que el legislador, como muy bien has explicado a nuestros lectores, trata de explicar con ésta norma.
Desde este lugar de encuentro de entrevista ofrecemos a nuestros lectores la posibilidad de contactar directamente con el entrevistado cumplimentando debidamente la siguiente tabla de recogida de datos:
Próximanente conoceremos el contenido del Real Decreto de Certificación Energética de Edificios, que obligará a los propietarios de inmuebles que deseen vender o alquilar éstos hacerse con este obligado y valioso documento.
Cerca de 2.500 técnicos han recibido ya formación en Certificación Energética de Edificios y sumarán un total de 4.500 a la finalización de los cursos.
Un nuevo real decreto obligará a poner a disposición de los compradores o usuarios de los edificios un certificado de eficiencia energética que deberá incluir información objetiva sobre las características energéticas de los edificios.
Certificación energética de edificios existentes de uso residencial, pequeño terciario y edificios de gran terciario.
Certificación energética y obtención de etiqueta de eficiencia para edificios de tipo residencial y pequeño o gran terciario.
LIDER es la aplicación informática que permite cumplir con la opción general de verificación de la exigencia de Limitación de Demanda Energética establecida en el Documento Básico de la Habitabilidad y Energía del Código Técnico de la Edificación-CTE-HE1
Completa aplicación con cálculo de consumos y análisis pormenorizado y global.
Este programa informático es una herramienta promovida por el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, a través del IDAE , y por el Ministerio de Vivienda, que permite determinar el nivel de eficiencia energética correspondiente a un edificio.
El Programa informático Calener es una herramienta promovida por el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, a través del IDAE , y por el Ministerio de Vivienda, que permite determinar el nivel de eficiencia energética correspondiente a un edificio.