Los elementos de acumulación se instalarán de tal forma que compartan equipo de medida y protecciones con la instalación de generación.
En respuesta a esta consulta, hemos de señalar respeccto a los elementos de acumulación, que la propuesta normativa del Real Decreto por el que se regulan las condiciones administrativas, técicas y económicas del Autoconsumo, que sin perjuicio de lo previsto en la Instrucción Técnica Complementaria ITC-BT-52, para la infraestructura para la recarga de vehículos eléctricos, y hasta la aprobación de la norma de seguridad y calidad industrial que defina las condiciones técnicas y de protección de los elementos de acumulación instalados en las instalaciones acogidas a las modalidades de autoconsumo de energía eléctrica definidas en el artículo 9.1 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, los elementos de acumulación se instalarán de tal forma que compartan equipo de medida y protecciones con la instalación de generación.
UNEF reúne a MITECO, Red Eléctrica, analistas y empresas del sector en una concurrida jornada formativa para analizar los últimos cambios normativos del PO 7.4 para el control de tensión y del RD 997/2025, que impulsará la hibridación.
La asociación del sector fotovoltaico espera que el nuevo RD de autoconsumo, del que se espera el texto definitivo el próximo año, ayude a solventar los escollos administrativos actuales y proporcione incentivos adecuados para continuar su avance.