Las viviendas de menos de 50 metros cuadrados útiles, como los apartamentos y los estudios, destinados a venta o arrendamiento, sí tienen que contar con la certificación energética.
Son muchas las dudas que han suscitado tanto a propietarios de viviendas como a profesionales, el contenido de la exclusión del artículo 2.2 e) del Real Decreto 235/2013 que declara quedar excluidos del ámbito de aplicación del citado Real Decreto los "edificios o partes de edificios aislados con una superficie útil total inferior a 50 metros cuadrados?
A vista de esta disposición legal: ¿Se ha de entender dentro de esta exclusión a una vivienda perteneciente a una comunidad de propietarios con superficie útil inferior a 50 metros cuadrados?
La respuesta del Ministerio de Industria es tajante: NO.
Estas viviendas inferiores a 50 metros cuadrados, como son los pequeños apartamentos, y los estudios destinados a alquilar o venta, tienen la obligación de contar con esta certificación energética en el momento de su promoción, venta o alquiler.
En palabras del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio se encuentran en la categoria de exclusión del citado artículo 2.2 e) aquellos edificios que tengan una ubicación aislada respecto a otros edificios, como locales, bares, casas rurales, etc. que no alcancen la dimensión indicada de 50 metros cuadrados útiles.
Estos apartamentos o estudios al no estar aislados por pertenecer a un edificio en régimen de comunidad o propiedad horizontal, están obligados a contar con dicha certificación energética, so pena de sanción económica.
El evento reunió por tres días, a expertos en temas de energía renovable y donde se abordaron temas como el desarrollo e implementación de energía solar y fotovoltaica flotante, y la capacitación de personal en ese ámbito.
En una ceremonia de gran importancia para la comuna de Pozo Almonte, se inauguró el Parque Fotovoltaico Macarena Solar, innovador proyecto de energía renovable que cuenta con una potencia nominal de 3,1 megawatts de potencia (MWp).