El legislador ha dejado muchas lagunas y dudas en la redacción del Real Decreto 235/2013 de Certificación Energética de inmuebles destinados a alquiler o venta. En esta sección de Consultorio resolvemos muchas de estas dudas.
Son muchas las dudas e inquietudes que suscita la promulgación del Real Decreto 235/2013 de Certificación Energética suscita entre ciudadanos y profesionales del ramo.
Entre las consultas más frecuentes mostramos la siguiente:
P.- ¿Está permitido incluir en la etiqueta de la certificación energética un logotipo?
R.- No, a excepción de un logotipo de la Comunidad Autónoma correspondiente, siempre que sus dimensiones sean las mismas que las establecidas para el tamaño de la bandera de la Unión Europea en la parte inferior derecha de la etiqueta y siempre que no se superponga con los datos reflejados en el modelo de etiqueta aprobado ni conduzca a equívocos.
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Inseguridad jurídica a la hora de firmar contratos de energía a plazo con las instituciones debida al precedente de retroactividad aplicada por el Estado a más de 60.000 productores fotovoltaicos.
UNEF pone de manifiesto la importancia de la energía solar como un elemento clave en la lucha contra el cambio climático por su carácter de sustitución de los combustibles fósiles.
Ejecución de instalaciones en Málaga
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