El Consejo de Ministros de Portugal, el pasado día 4 de septiembre del presente año aprobó la norma que regula el régimen jurídico aplicable a la producción de electricidad destinada a la producción de energía renovables para el consumo propio, permitiéndo la venta a red de los excedentes. Esto es algo que en Paises serios viene siengo lógico y normal, excepto en Países como España en los que reina a sus anchas la corrupción y el voraz oligopolio eléctrico.
En este sentido, en Portugal se ha regulado jurídicamente la actividad de generación distribuida - pequeña producción y autoconsumo -, existiéndo un control previo y una serie de derechos y deberes y con reglas específicas para cada tipo de instalación.
El régimen de la pequeña producción permite al productor vender la totalidad de la tarifa eléctrica con el PRAE asignado sobre la base de un modelo de licitación, en el que en régimen de competición se ofrecen descuentos a la tarifa estándar, eliminando el sistema general de indemnización previsto en los regímenes jurídicos anteriores de miniproducción y microgeneración.
Es deseo del legislador portugues controlar la medición de la electricidad producida en las instalaciones de autoconsumo, con o sin conexión con el PRAE, ya que es fundamental velar por el cumplimiento de los objetivos establecidos para el uso de fuentes primarias de energía renovable.
Según las Directivas Europeas los Estados miembros han de adoptar medidas adecuadas para promover el aumento del consumo de electricidad generada a partir de fuentes de energía renovables de conformidad con los objetivos indicativos nacionales. Portugal es un ejemplo de cumplimiento.
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