La Ley Foral 25/2016 de 28 Dic. CF Navarra (modificación de diversos impuestos y otras medidas tributarias), permite deducciones en las instalaciones de generación de energía eléctrica destinadas al autoconsumo.
En Navarra, sí existen deducciones por inversiones en Instalaciones de energías renovables para autoconsumo.
De conformidad a la Ley Foral 25/2016 de 28 Dic. CF Navarra (modificación de diversos impuestos y otras medidas tributarias), las inversiones realizadas en instalaciones que utilicen energía procedente de fuentes renovables para uso térmico y generación de electricidad, darán derecho a practicar una deducción del 15 por 100 del Importe de dichas inversiones, con algunas limitaciones.
Únicamente serán deducibles aquellas inversiones en instalaciones de generación de energía eléctrica destinadas al autoconsumo, pudiendo contar el sistema con acumulación de energía. No darán derecho a deducción las instalaciones que tengan carácter obligatorio en virtud de la aplicación del Código Técnico de la Edificación, salvo que la instalación tenga una potencia nominal superior a la mínima exigida, en cuyo caso podrá ser objeto de deducción la parte del coste de la instalación proporcional a la potencia instalada por encima de ese mínimo exigido.
UNEF reúne a MITECO, Red Eléctrica, analistas y empresas del sector en una concurrida jornada formativa para analizar los últimos cambios normativos del PO 7.4 para el control de tensión y del RD 997/2025, que impulsará la hibridación.
La asociación del sector fotovoltaico espera que el nuevo RD de autoconsumo, del que se espera el texto definitivo el próximo año, ayude a solventar los escollos administrativos actuales y proporcione incentivos adecuados para continuar su avance.