El legislador ha dejado muchas lagunas y dudas en la redacción del Real Decreto 235/2013 de Certificación Energética de inmuebles destinados a alquiler o venta. En esta sección de Consultorio resolvemos muchas de estas dudas.
Son muchas las dudas e inquietudes que suscita la promulgación del Real Decreto 235/2013 de Certificación Energética suscita entre ciudadanos y profesionales del ramo.
Entre las consultas más frecuentes mostramos la siguiente:
P.- ¿En el caso de locales comerciales en bruto (alquileres o ventas) o donde se va a producir un cambio de uso, ¿están eximidos de la certificación energética?
R.- En cuanto a la venta o alquiler de los locales comerciales en bruto, entendiendo incluido en este concepto a los locales que no son susceptibles de calificación, el vendedor no estará obligado a la realización del certificado de eficiencia energética. En el momento en que se acondicione el local y se haga el correspondiente proyecto de obra y actividad, éste deberá contener el certificado de eficiencia energética, por tratarse como obra nueva.
Solicita tu presupuesto de Certificación energética de inmuebles aquí. Cientos de profesionales registrados en Suelo Solar, con sede en todo el territorio nacional atenderan y responderan el mismo.
La VI Cumbre de Autoconsumo se celebrará el 14 de abril en Madrid y analizará los retos regulatorios, tecnológicos y de mercado para impulsar el autoconsumo en España, bajo el lema «Regulación, electrificación y nuevos modelos de flexibilidad»
Aumentará la autonomía estratégica de España y de la UE, al impulsar el abastecimiento de materias primas críticas para la transición ecológica y la digital, con nuevos y rigurosos estándares ambientales.