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Orden de 22 de julio de 2008, de la Consejera de Industria, Comercio y Turismo, por la que se dictan normas en relación con el Reglamento de instalaciones térmicas en los edificios (RITE)

23-9-08. Boletín Oficial del País Vasco de 23 de septiembre de 2008
martes, 23 septiembre 2008.
Boletín Oficial del País Vasco de 23 de septiembre de 2008
Acceso Restringido
NORMATIVA DE CARACTER FORAL: PAIS VASCO

Mediante Real Decreto 1027/2007, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios (RITE), se ha creado el nuevo marco normativo básico en el que se regulan las exigencias de eficiencia energética y de seguridad que deben cumplir las instalaciones térmicas en los edificios para atender la demanda de bienestar, seguridad e higiene de las personas.

Previamente, en la Comunidad Autónoma de Euskadi se habían dictado algunas normas, en el ámbito de sus competencias, que es necesario adaptar y actualizar a este nuevo marco normativo.

Por otra parte, la propia norma deja, en muchos aspectos, campo de actuación a las Comunidades Autónomas para que, en su propio ámbito territorial, determinen y complementen algunos aspectos de necesaria aplicación.

Consecuentemente, el Departamento de Industria, Comercio y Turismo ha visto la necesidad de dictar una norma que desarrolle, en los aspectos que así lo requieren, el citado Reglamento y que, por otra parte, modifique y matice la normativa existente en esta Comunidad Autónoma para adaptarla a ese nuevo marco normativo.

En este sentido, la presente norma afecta fundamentalmente a la puesta en servicio, mantenimiento e inspecciones periódicas de las instalaciones térmicas, así como a las evacuaciones de los productos de la combustión, materia esta sobre la que ya se había actuado a través de la Orden de 12 julio de 2000 (BOPV 19-09-2000), que conviene matizar y completar.

Por último, incluye, así mismo, los nuevos modelos de memoria técnica y certificados, para adecuarlos a lo regulado en el Real Decreto 1027/2007, de 20 de julio.

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