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Nace SOLAVAL, S.G.R, el Lobby que garantizará y dará continuidad las inversiones de los productores fotovoltaicos.

3-4-10. Juan Alcolado
sábado, 3 abril 2010.
Juan Alcolado
Nace SOLAVAL, S.G.R, el Lobby que garantizará y dará continuidad las inversiones de los productores fotovoltaicos.
SOLAVAL como sociedad de garantia reciproca pretende agrupar a productores, promotores, asociaciones de energía solar, y resto de renovables, para lograr soportar conjuntamente los recortes de tarifa FV hasta el 2013.

La situación generada por las medidas retroactivas del Gobierno, operadas por el Real Decreto 1565/2010, y Real Decreto Ley 14/2010 ha generado alteraciones en los planes financieros y de amortización de los préstamos suscritos por una gran mayoría de los pequeños y medianos productores de energías renovables, con especial incidencia en el colectivo de las fotovoltaicas. Durante los años 2011, 2012 y 2013, con el recorte retroactivo de su tarifa fotovoltaica hasta un 30% con respecto al año anterior muchos productores fotovoltaicos no podrán hacer frente a sus compromisos financieros.
La crisis económica y financiera y el crecimiento de los problemas energéticos mundiales y de importación de materias primas, no han hecho sino dificultar aún más las oportunidades de acceso a nuevos préstamos y de modificación de condiciones de los mismos, lo que supone un grave escollo para la posible refinanciación de estas operaciones.
Ante dicha situación, un grupo de profesionales e inversores han planteado la creación de un instrumento financiero que permita, al colectivo de Renovables, la superación de dichos problemas. Al citado fin, se plantea la creación de SOLAVAL como Sociedad de Garantía Reciproca (S.G.R) que facilite a los productores el acceso a nuevas y mejores líneas de financiación, mediante la prestación de los necesarios avales técnicos y financieros.
El objetivo es mejorar la interlocución con Bancos, Cajas y demás Entidades de Financiación, que en este momento están dificultando el acceso al crédito a las PYMES y servir a su vez de apoyo mutuo para acometer nuevos proyectos en aras a la expansión de la energía solar.
Otro compromiso perseguido es el fomento de la creación de un Lobby que permita la optimización de la interlocución y negociación con los gobiernos Autonómicos y Central, al constituirse los más de 53.300 productores en un grupo fuerte y organizado con la clara idea de que las energías renovables, y por supuesto la solar, debe estar en las prioridades del futuro energético de la sociedad moderna.
Con la finalidad de acercaros al conocimiento de esta eficaz herramienta financiera, a continuación os resumimos sus principales características.
Las Sociedades de Garantía Recíproca son entidades financieras sin ánimo de lucro cuyo objeto principal es procurar el acceso al crédito de las pequeñas y medianas empresas y mejorar, en general, sus condiciones de financiación, a través de la prestación de avales ante bancos y cajas de ahorros y otros entes de financiación.
Avalan a las PYMES, ante las entidades de crédito y éstas se benefician de invertir sin riesgo ya que la SGR responde, como avalista, en caso de fallido.
Las SGR buscan asociarse con emprendedores, Asociaciones Empresariales o Cámaras de Comercio. Están especialmente dirigidas a pequeñas y medianas empresas, así como, a la puesta en marcha de nuevas empresas (creación, adquisición, sucesión familiar).
En su condición de avalista, la SGR, interviene como garante en un préstamo y asume las responsabilidades de pago en caso de que el prestatario no haga frente a la deuda o a sus intereses.
Existen diversos tipos de avales:
-    AVALES DE CARÁCTER TÉCNICO (no financieros).
No suponen obligación directa de pago para la Entidad avalista, pero responden del incumplimiento de los compromisos que el avalado tiene contraídos, generalmente, ante algún Organismo Público con motivo de importación de mercancías en régimen temporal, participación en concursos y subastas, ejecución de obras o suministros, buen funcionamiento de maquinaria vendida, etc.
-    AVALES DE CARÁCTER ECONÓMICO (comerciales y financieros).
De carácter comercial: Referidos a operaciones de naturaleza comercial que responden del pago aplazado en compraventa de cualquier clase de bienes, fraccionamientos de pago, sumas entregadas anticipadamente, etc.
Otros avales de carácter económico: Avales ante proveedores, avales de líneas de descuento, avales para aplazamientos de pago de tributos y cargas sociales.
De carácter financiero: responden de créditos o préstamos obtenidos por la PYME de cualquier entidad financiera, ante las que la entidad avalista queda obligada directamente a su reembolso.
La empresa que solicita el aval de la SGR debe ser admitida como socio partícipe de la SGR y suscribir capital (al menos una acción) en proporción a los avales solicitados. Esta cantidad irá a parar a los fondos propios de la empresa.
El importe de dicha acción puede, si se desea, ser reembolsado a la finalización del crédito obtenido. En caso contrario, la PYME permanecerá como socio partícipe, y tendrá así acceso a otras prestaciones y servicios de la SGR
Adquirida la condición de partícipe, la empresa puede solicitar la concesión del correspondiente aval. Para ello debe aportar a la SGR los datos mínimos que permitan a los servicios técnicos analizar la viabilidad de su petición.
Si por cualquier causa la PYME no hace frente a sus obligaciones con la entidad financiera prestamista, lo hará en su lugar la SGR.
Posteriormente la sociedad realiza las actuaciones pertinentes para recuperar de la PYME los pagos realizados a la entidad financiera en cumplimiento de su aval, resarciéndose, si es posible, de todos los gastos que haya satisfecho, incluidos los intereses de demora.
En resumen, los pasos a seguir serían:
1. Solicitar la entrada como socio de la SGR.
2. Suscribir la cuota social.
3. Solicitar la concesión del aval requerido aportando la información que los técnicos de la SGR soliciten para poder analizar la viabilidad del proyecto.
4. Presentar información sobre su empresa y aportar con carácter general los siguientes documentos: NIF; memorias explicativas de la empresa y de la solicitud de aval; facturas pro forma en caso de inversión; escritura de las sociedades y apoderados; pólizas de préstamos de otras entidades financieras; estudio de viabilidad de la nueva inversión; impuestos. La SGR realiza un preestudio. Si el resultado es negativo se abandona la operación o se aconseja a la PYME hacer las modificaciones que harían viable el proyecto.
5. En caso de admisión, acudir a la entidad financiera donde se ha solicitado el préstamo o crédito, ofreciendo el aval de la SGR. Esta entidad financiera puede ser buscada por la sociedad o aportada por el propio socio.
Mientras la PYME está amortizando el crédito, y por tanto exista riesgo para la sociedad, el empresario deberá pagar anualmente a la SGR un porcentaje del riesgo vivo (cantidad pendiente de amortizar) de la operación en concepto de comisión de aval. Esta comisión varía entre el 0,5% y 2% para los avales financieros, y entre el 0,5% y 1,5% para los avales técnicos.
Una vez amortizado el crédito, la PYME puede solicitar la devolución de sus aportaciones al Fondo de Garantía y el reembolso total o parcial de sus cuotas sociales.
La pertenencia a una SGR, es de gran interés para la pequeña y mediana empresa que no tiene garantías suficientes para obtener un crédito de las entidades financieras pese a tener un proyecto de inversión rentable y atractivo o el empresario que, teniendo garantías suficientes para ser atendido por las entidades crediticias, sabe que con un aval de la SGR va a obtener un crédito en mejores condiciones de plazo amortización y tipo de interés.,
Gracias al aval SGR, las condiciones que la entidad financiera incluirá en el contrato de préstamo que realice al empresario, serán más ventajosas: el tipo de interés será más bajo que el que se podría obtener sin el aval de una SGR y el plazo más largo.
Las SGR están presentes en todos los sectores económicos. Además, suministran a la empresa consejo y supervisión en términos de dirección financiera.
En conclusión SOLAVAL invita a productores, promotores, asociaciones de energía solar, y resto de renovables, a participar como socios participativos en este modelo asociativo con el fin de crear esta Sociedad de Garantía Reciproca, dirigida al sector de las Energías Renovables.
En esta primera fase de constitución, se ponen a disposición de los interesados participaciones de 200 euros, como  participación inicial mínima por instalación, pudiendo no obstante ser suscritas un mayor número de participaciones por parte de cada socio.
Para ser socio envíe los datos del socio  e instalación a ……………………….. con copia del ingreso en la cuenta …………………………….. Sociedad de Garantía Reciproca en creación.
Esperando que una vez valorada esta iniciativa, la entendáis de vuestro interés así como de nuestro colectivo de productores y empresas de energía solar, nos despedimos afectuosamente.

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