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¿Con qué ayudas cuenta Madrid para las instalaciones de Autoconsumo Fotovoltaico en el sector residencial?

17-6-19. Carlos Mateu
lunes, 17 junio 2019.
Carlos Mateu
¿Con qué ayudas cuenta Madrid para las instalaciones de Autoconsumo Fotovoltaico en el sector residencial?
Bases reguladoras para la concesión de ayudas por la Fundación de la Energía de la Comunidad de Madrid para el desarrollo del II Plan de Impulso de Instalaciones de Autoconsumo Fotovoltaico en el Sector Residencial de la Comunidad de Madrid.

Las presentes bases reguladoras tienen por objeto regular el contenido y procedimiento de concesión por la Fundación de la Energía de la Comunidad de Madrid (en lo sucesivo Fundación de la Energía) de ayudas destinadas a reducir la demanda energética procedente de fuentes de energía convencionales en viviendas, disminuir la factura energética de los usuarios e impulsar el desarrollo de una tecnología que utiliza una energía renovable como la energía solar, mediante la realización de las actividades que se establecen en desarrollo del II Plan de Impulso de Instalaciones de Autoconsumo Fotovoltaico en el Sector Residencial de la Comunidad de Madrid (en adelante, II Plan de Autoconsumo).

La Consejería de Economía, Empleo y Hacienda de la Comunidad de Madrid tiene atribuidas competencias en materia de ahorro y eficiencia energética, a través de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, según lo dispuesto en los artículos 26.1.11, 26.3.1.3 y 27.8 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid y en el Real Decreto 1860/1984, de 18 de julio, de transferencias en materia de industria, energía y minas a la Comunidad de Madrid.

La Fundación de la Energía de la Comunidad de Madrid, como fundación del sector público es una organización sin ánimo de lucro que tiene afectado de modo duradero su patrimonio a la realización de fines de interés general.

De conformidad con la Ley de Fundaciones de la Comunidad de Madrid, Ley 1/1998, de 2 de marzo; por Decreto 50/2006, de 8 de junio, se autorizó la participación de la Comunidad de Madrid en la constitución de la Fundación de la Energía de la Comunidad de Madrid y se aprobaron sus Estatutos.

El fin de la Fundación es el fomento, impulso y realización de iniciativas y programas de actuación para la investigación, el estudio y apoyo de las actuaciones de conocimiento, desarrollo y aplicación de las tecnologías energéticas, incluidas las renovables, la mejora del ahorro y la eficiencia energética, el fomento del uso racional de la energía, integrando la protección del medio ambiente y, en general, la óptima gestión de los recursos energético en los distintos sectores económicos de la Comunidad de Madrid, sirviendo así de soporte para el impulso y la ejecución de la política energética del Gobierno Regional.

Desde su constitución, en 2006, la Fundación de la Energía ha desarrollado un aspecto esencial de la política pública de la Comunidad de Madrid en el ámbito del ahorro y la eficiencia energética que ha tenido su máxima expresión en el desarrollo de los de los Planes Renove y Planes de Impulso.

La ejecución de estos Planes ha contribuido al cumplimiento de los objetivos perseguidos por el Gobierno regional en el ámbito del ahorro y la eficiencia energética garantizando la calidad del suministro energético y permitiendo reducir la factura a la que hacemos frente todos los ciudadanos y las comunidades de propietarios a través de la incorporación de equipos, dispositivos o elementos constructivos con los que se consigue una disminución en el consumo de energía o combustible, así como de la implantación de energías renovables.

Por ello se considera de máximo interés la ejecución del II Plan de Impulso de Instalaciones de Autoconsumo Fotovoltaico en el Sector Residencial de la Comunidad de Madrid con la finalidad de reducir la demanda energética, disminuir la factura energética de los usuarios e impulsar el desarrollo de una tecnología que utiliza una energía renovable como la energía solar.

La disposición adicional decimosexta de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, modificada por Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, establece que las fundaciones del sector público únicamente podrán conceder subvenciones cuando así se autorice a la correspondiente fundación mediante acuerdo del Ministerio de adscripción, y que la aprobación de las bases reguladoras corresponderá a los órganos de la Administración que financien en mayor proporción la subvención correspondiente.

En lo que respecta a la Fundación de la Energía, corresponde a la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda otorgar la autorización para que la Fundación de la Energía pueda conceder subvenciones, la aprobación de la bases reguladoras de las subvenciones, la autorización previa de la concesión, así como las funciones derivadas de la exigencia de reintegro y de la imposición de sanciones y las de control y demás que comporten el ejercicio de potestades administrativas en cuanto que las partidas presupuestarias con que se financia en mayor proporción la subvención correspondiente se integran en los programas presupuestarios de la citada Consejería.

A estos efectos, el 5 de diciembre de 2017 se publicó en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID la Orden de 1 de diciembre de 2017, de la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda, autorizando a la Fundación de la Energía a conceder subvenciones en materia de ahorro y eficiencia energética. El Patronato de la Fundación de la Energía, en su reunión de fecha 13 de mayo de 2019 aprobó las bases reguladoras para la concesión de ayudas por la Fundación de la Energía en régimen de concesión directa para el desarrollo del II Plan de Impulso de Instalaciones de Autoconsumo Fotovoltaico en el Sector Residencial de la Comunidad de Madrid (II Plan de Autoconsumo) de la Comunidad de Madrid.

Se trata de un tipo de ayudas de indudable interés público y económico que inciden directamente en la consecución de los objetivos de la política energética de nuestra región. Dada su finalidad y objeto no resulta posible realizar la comparación y prelación de las solicitudes presentadas sino que aquellos solicitantes que cumplan con los requisitos previstos en las bases reguladoras pueden optar a la subvención. Se ha considerado por ello conveniente gestionar las ayudas mediante un procedimiento de concesión directa aunque ello no exime de la previa comprobación de la concurrencia en el solicitante de los requisitos establecidos respetando siempre los necesarios controles que permitan aplicar los principios de eficacia y eficiencia en la gestión del gasto público.

Descargar Orden de 20 de mayo de 2019, de la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda, (desde página nº 50 a página nº 63) por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas por la Fundación de la Energía de la Comunidad de Madrid para el desarrollo del II Plan de Impulso de Instalaciones de Autoconsumo Fotovoltaico en el Sector Residencial de la Comunidad de Madrid

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