Reestructuración en el sistema atribución de competencias para la gestión de las líneas de ayuda por parte de la Agencia Andaluza de la Energía.
La Comunidad Autónoma de Andalucía viene instrumentando una parte de las competencias relativas al régimen energético que tiene atribuidas por el Estatuto de Autonomía en el marco de la legislación general del Estado, mediante diversas órdenes de subvenciones en materia energética dictadas por la Consejería competente. Por otra parte, la Ley 4/2003, de 23 de septiembre, ha sido el instrumento jurídico de creación de la Agencia Andaluza de la Energía apareciendo entre sus funciones expresamente incluidas en ese texto legal, las de «...gestionar las líneas de ayuda que la Consejería competente en materia de energía le encomiende...», así como «...conceder subvenciones con cargo a su presupuesto...». Por todo ello, hasta tanto se dicte una nueva Orden que regule de manera unificada los procedimientos de subvención en materia energética que se encuentran actualmente recogidos a través de cuatro órdenes diferentes y que traspase formalmente las líneas de ayuda en materia energética desde esta Consejería a la Agencia Andaluza de la Energía, se dicta la presente disposición con la finalidad de disponer del instrumento jurídico que permita la tramitación de estos procedimientos citados.
En el marco del Plan de Recuperación, Transición y Resiliencia (PRTR), el 19 de diciembre de 2022 se abre plazo de presentación de solicitudes a dos nuevas convocatorias de ayudas: 3ª y 4ª, que finalizará a las 12:00 horas del 13 de febrero de 2023.
Se incentivarán proyectos de desarrollo tecnológico y experiencias innovadoras en movilidad eléctrica que sirvan para promover el salto tecnológico hacia el vehículo eléctrico y de pila de combustible.