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Nuevas bases reguladoras de las ayudas al fomento de la mejora de la eficiencia energética en la Comunidad de Madrid.

31-3-19. Carlos Mateu
domingo, 31 marzo 2019.
Carlos Mateu
Nuevas bases reguladoras de las ayudas al fomento de la mejora de la eficiencia energética en la Comunidad de Madrid.
En la comunidad de Madrid se subvenciona la instalación de equipos de generación o que permitan la utilización de energías renovables como la energía solar fotovoltaica.

La presente Orden Orden Transportes, Vivienda e Infraestructuras 20 Mar. 2019 CA Madrid (bases reguladoras de las ayudas al fomento de la mejora de la eficiencia energética, fomento de la conservación, seguridad de utilización y accesibilidad en viviendas) tiene por objeto establecer las bases reguladoras para la concesión de ayudas económicas correspondientes al programa de fomento de mejora de la eficiencia energética y sostenibilidad en viviendas, y al programa de fomento de la conservación, de la mejora de la seguridad de utilización y de la accesibilidad en viviendas, previstas en el Real Decreto 106/2018, de 9 de marzo, por el que se regula el Plan Estatal de Vivienda 2018-2021.

La situación de la vivienda en España ha venido caracterizándose durante los últimos años por las dificultades de acceso a la misma por parte de un amplio colectivo de la población, poniéndose de manifiesto más que nunca la necesidad de establecer Planes de Actuación por parte de las Administraciones Públicas en el ámbito de sus respectivas competencias que faciliten dicho acceso, así como de articular de forma eficaz la colaboración interadministrativa garantizada por el artículo 3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

En este marco, y mediante el Real Decreto 106/2018, de 9 de marzo, por el que se regula el Plan Estatal de Vivienda 2018-2021, la Administración General del Estado ha establecido una serie de programas de ayudas a diversas actuaciones protegidas en materia de vivienda para dicho período cuatrienal, entre los cuales se encuentran el programa de fomento de mejora de la eficiencia energética y sostenibilidad en viviendas, y el programa de fomento de la conservación, de la mejora de la seguridad de utilización y de la accesibilidad en viviendas.

En su artículo 5 se dispone que la tramitación y resolución de los procedimientos de concesión y pago de dichas ayudas corresponde al órgano competente de las Comunidades Autónomas, que, asimismo, gestionará el abono de las subvenciones, una vez se haya reconocido por aquél el derecho de los beneficiarios a obtenerlas. A estos efectos, mediante Acuerdo de 24 de julio de 2018, del Consejo de Gobierno, se aprobó el Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad de Madrid para la ejecución del Plan Estatal de Vivienda 2018-2021.

Asimismo, para la ejecución del Plan, el Real Decreto dispone que el Ministerio de Fomento y las Comunidades Autónomas suscribirían los correspondientes convenios de colaboración, y así el 30 de julio de 2018 fue suscrito el Convenio de Colaboración entre el Ministerio de Fomento y la Comunidad de Madrid para la aplicación del Plan Estatal de Vivienda 2018-2021.

Resta, finalmente, establecer las bases reguladoras de la concesión de aquellas ayudas económicas previstas en el Real Decreto 106/2018, de 9 de marzo.

Esta Orden se adecúa a los principios de buena regulación previstos en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y, en particular a los principios de necesidad y eficacia, así como de proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia.

Su adecuación a los principios de necesidad y eficacia, viene justificada por el interés general que implica la efectiva protección del parque inmobiliario de la Comunidad de Madrid, la mejora de la calidad de la edificación, de la eficiencia energética y sostenibilidad ambiental, de su conservación, seguridad de utilización y accesibilidad universal, lo que constituye un elemento indispensable para garantizar la calidad de vida y el disfrute de un medio urbano adecuado por parte de todos los ciudadanos, siendo éste el instrumento más adecuado para garantizar su consecución, ante la carencia de medios económicos de los ciudadanos para llevarla a cabo, dado que las subvenciones están dirigidas a ayudar a los mismos a hacer frente a los gastos derivados de la realización de obras que contribuyan a dicha protección y mejora.

Asimismo, se adecúa al principio de proporcionalidad, dado que, como se indicó anteriormente, la aprobación de la norma que establezca las bases reguladoras de la concesión de subvenciones es un requisito previo al otorgamiento de las mismas, de conformidad con el artículo 9 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

De la misma forma, esta Orden se adecúa al principio de seguridad jurídica, dado que su tramitación se ajusta al procedimiento previsto en la normativa vigente de aplicación: Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid y Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno.

La tramitación de esta Orden, se adecua al principio de transparencia, dado que, al amparo de esta Orden se efectuará la correspondiente convocatoria para la concesión de subvenciones al fomento de la mejora de la eficiencia energética y sostenibilidad y, al fomento de la conservación, de la mejora de la seguridad de utilización y de la accesibilidad universal en viviendas, previstas en el Real Decreto 106/2018, de 9 de marzo, por el que se regula el Plan Estatal de Vivienda 2018-2021, tramitándose el procedimiento de concesión en régimen de concurrencia competitiva, lo que permitirá participar a todos los destinatarios interesados, al tener conocimiento de la misma, pues una vez aprobada, se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, lo que posibilitará el acceso a la misma. Asimismo, con carácter previo a su elaboración se ha cumplido con el trámite de consulta pública a través del Portal de Transparencia de la Comunidad de Madrid durante un plazo de quince días naturales, del 26 de septiembre al 10 de octubre de 2018, sin haberse recibido aportaciones.

Finalmente, se adecúa al principio de eficiencia, ya que esta norma no conlleva cargas administrativas innecesarias o accesorias, racionalizando la gestión de los recursos públicos de que dispone la Dirección General de Vivienda y Rehabilitación.

De conformidad al artículo 4.1c de la citada Orden, titulado "Actuaciones subvencionables y requisitos":

1. Se considerarán actuaciones subvencionables para la mejora de la eficiencia energética y la sostenibilidad de las viviendas unifamiliares aisladas o agrupadas en fila, las siguientes:

  • c) La instalación de equipos de generación o que permitan la utilización de energías renovables como la energía solar fotovoltaica, biomasa o geotermia que reduzcan el consumo de energía convencional térmica o eléctrica de la vivienda. Incluirá la instalación de cualquier tecnología, sistema, o equipo de energía renovable, como paneles solares térmicos y soluciones integrales de aerotermia para climatización y agua caliente sanitaria, a fin de contribuir a la producción de agua caliente sanitaria demandada por la vivienda, o la producción de agua caliente para las instalaciones de climatización.

y conforme al artículo 4.2c:

2. Serán actuaciones subvencionables por este programa las actuaciones en los edificios de viviendas de tipología residencial colectiva, incluidas las que se realicen en el interior de sus viviendas, que se dirijan a la mejora de su eficiencia energética y sostenibilidad. En concreto las siguientes:

  • c) La instalación de equipos de generación o que permitan la utilización de energías renovables como la energía solar fotovoltaica, biomasa o geotermia que reduzcan el consumo de energía convencional térmica o eléctrica del edificio. Incluirá la instalación de cualquier tecnología, sistema, o equipo de energía renovable, como paneles solares térmicos y soluciones integrales de aerotermia para climatización y agua caliente sanitaria, a fin de contribuir a la producción de agua caliente sanitaria demandada por las viviendas, o la producción de agua caliente para las instalaciones de climatización.

Descargar aquí Orden Transportes, Vivienda e Infraestructuras 20 Mar. 2019 CA Madrid (bases reguladoras de las ayudas al fomento de la mejora de la eficiencia energética, fomento de la conservación, seguridad de utilización y accesibilidad en viviendas)

 

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