Productor y consumidor acuerdan voluntariamente un mecanismo de compensación simplificada entre los déficits del consumo del consumidor y la totalidad de los excedentes de la instalación del productor, tal como establece el Real Decreto 244/2019.
En los autoconsumos colectivos cada consumidor deberá remitir individualmente copia a su comercializadora.
Acuerdo de asociación a la instalación de autoconsumo colectivo de energía eléctrica.
Asociación a instalación de autoconsumo colectivo de energía eléctrica.