PROTERMOSOLAR recurre ante el Tribunal Supremo la Orden Ministerial IET/221/2013 de Peajes y Tarifas.
La asociación considera que la Orden Ministerial del 14 de febrero representa una vulneración de los principios de rentabilidad razonable y seguridad jurídica.
La Asociación Española de la Industria Solar Termoeléctrica (Protermosolar) ha presentado, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, recurso contencioso administrativo contra la Orden Ministerial IET/221/2013, de 14 de febrero, por la que se establecen los peajes de acceso a partir de 1 de enero de 2013 y las tarifas y primas de las instalaciones del régimen especial por considerar que supone una vulneración de los principios de rentabilidad razonable y seguridad jurídica.
Los continuos cambios regulatorios a los que ha estado sometido el sector durante las últimas dos regulaciones (Ley 15/2012 y el RDL 2/2013) ha representando un recorte del 37% en los ingresos del sector termosolar.
Protermosolar ha denunciado, en repetidas ocasiones, que las decisiones adoptadas por el Gobierno parten de unas previsiones erróneas de la potencia instalada para 2013. Mientras la Administración Pública estima que el sector termosolar contará un total de 2.521 MW instalados al cierre de 2013, en realidad sólo se alcanzarán los 2.300 MW.
Esta sobreestimación afecta al cálculo de las primas que recibirá esta tecnología este año, ya que se ha generado una diferencia de 300 millones de euros. Cantidad que hubiera hecho innecesaria la adopción de las medidas recogidas en el Real Decreto Ley y la Orden Ministerial cuyas consecuencias, de mantenerse, serán inasumibles para esta industria.
Protermosolar puntualiza que la solución al déficit de tarifa no pasa por un recorte a los ingresos de las renovables. En 2008, antes de que se empezara a instalar potencia termosolar en España, el déficit tarifario ya ascendía a 14.000 millones de euros. En este sentido, el déficit tarifario no ha sido generado por el sistema de las renovables o las primas de régimen especial, sino por la decisión política de no trasladar la totalidad de los costes regulados a los consumidores finales, de los que las primas a las renovables representan sólo la tercera parte.
Asimismo, estima que una parte importante del déficit acumulado proviene del continuo aumento de los costes de distribución, los de la Moratoria Nuclear o las subvenciones a los ciclos combinados. Además de los costes extrapeninsulares y de interrumpibilidad, que son una subvención a los ciudadanos de las islas y una ayuda directa a unas pocas empresas de gran consumo eléctrico, respectivamente.
Inseguridad jurídica
La inseguridad jurídica a la que está sometida la industria termosolar debería de valorarse atendiendo a la inversión realizada en el sector renovable por agentes nacionales y también internacionales, de los que provienen más del 35% (cerca de 15.000 millones de euros) de las inversiones totales.
En 2012, la actividad del sector termosolar aportó a la economía española, sólo en conceptos de contribución al PIB e impuestos, un total de 2.607 millones de euros en 2012, frente a los 927 millones de euros que recibió en primas.
En concepto de ahorros en la importación de combustibles, derechos de emisión y subsidios de desempleo evitados, el sector termosolar salvó un total de 280 millones de euros. Además, sólo en 2012 las empresas termosolares destinaron 60 millones de euros a inversión en I+D.
Los esfuerzos de las empresas españolas del sector termosolar han superado las fronteras, con la promoción o construcción de 2.037 MW fuera de España, lo que representa un 64% de las iniciativas de promoción y construcción que se desarrollan en estos momentos en los mercados internacionales (un total de 3.163 MW). El creciente proceso de internacionalización de las empresas promotoras o constructoras de proyectos termosolares podría verse mermado, sin embargo, en los próximos años, debido a la falta de recursos a los que están llevando los recientes cambios regulatorios, con carácter retroactivos, en el sector.