Convocatoria abierta para línea de financiación especial Energías Renovables, Alumbrado e Iluminación.

Disponibles en Colombia $100 mil millones de pesos para Proyectos de aprovechamiento de Energías Renovables, renovación y expansión de Alumbrado Público e Iluminación Interior o Exterior. También Cogeneración y Autogeneración.

El Ministerio de Minas, UPME, FIDENTER, BID anuncian línea especial para financiar proyectos e inversiones en condiciones ventajosas para :

- Alumbrado e iluminación exterior e interior.- Sistemas de energías renovables exclusivamente para energía eólica, energía solar, energía mareomotriz, geotérmica, y biomasa. Tal como se definen en la Ley 1715 de 13 de mayo de 2014.- Pequeños aprovechamientos hidroeléctricos con capacidad hasta 20 MW. Para los anteriores tipos de proyectos serán financiables entre otros los estudios y diseños, estructuración de proyectos, construcción, ampliación, adecuación, mejoramiento, renovación, dotación, maquinaria y equipo, adquisición de activos eléctricos (bombillas, luminarias, transformadores, redes aéreas o subterráneas, cámaras de inspección y canalización, postes, entre otros), sistemas de monitoreo y seguimiento, sistemas de georeferenciación, interventoría, adquisición de terrenos o servidumbres siempre que estén directamente relacionados con las redes de alumbrado, iluminación o sistemas de generación con base en Energías Renovables. Sin embargo no resultan financiables las inversiones relacionadas con activos destinados a la gestión administrativa de las empresas prestadoras de los servicios de alumbrado, iluminación o generación de energía. Tampoco podrán acogerse a esta línea especial las operaciones que tengan más de noventa días de desembolsadas por los intermediarios financieros. La apertura oficial del plazo tuvo lugar el pasado día 2 de marzo y se prolongará hasta el próximo 30 de junio.

En cuanto a las condiciones financieras a las que se pueden acoger los proyectos:

- Recursos de la línea: COP$ 100.000.000.000 (Cien mil millones de pesos).

- Plazo: Hasta 8 años.

- Periodo de gracia a capital: Hasta 2 años.

- Tasa de redescuento: DTF + 1.90% T.A ó IPC + 4.00 E.A.

- Beneficiarios: Todos los beneficiarios elegibles de FIDENTER. 

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