Convocatoria a Manifestaciones de Interés (MDI) para desarrollar proyectos de infraestructuras renovables en Argentina

Atendiendo a la diversificación de las fuentes renovables contribuirá a una mayor sustentabilidad ambiental, social y económica y forma parte de la Transición Energética que la REPÚBLICA ARGENTINA está desarrollando.

Aprobada Resolución 330/2022 visto el Expediente N° EX-2022-38408163-APN-SE#MEC, las Leyes Nros. 26.190 y 27.191, el Decreto N° 531 de fecha 30 de marzo de 2016 y su modificatorio y EL SECRETARIO DE ENERGÍA RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Convócase a interesados a presentar Manifestaciones de Interés (MDI) para desarrollar integralmente proyectos de infraestructura que contribuyan a incorporar Generación Renovable y/o instalaciones de almacenamiento de energía en puntos de la red con cuyo aporte disminuya y/o elimine restricciones de abastecimiento y/o reduzca el requerimiento de generación y/o importación forzada y/o difiera las necesidades de obras de infraestructura, para contribuir a una mayor sustentabilidad ambiental, social y económica en el MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) y al aumento de la confiabilidad en el SISTEMA ARGENTINO DE INTERCONEXIÓN (SADI), a la vez que promuevan una articulación productiva provincial y regional.

Se considerará particularmente a los anteproyectos que permitan la sustitución de generación requerida por el transporte o distribución para el abastecimiento de la demanda, y el acompañamiento de costos referenciales de inversión estimados y las posibilidades de integración a la red.

Junto con la convocatoria, la COMPAÑIA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) publicará en su sitio web un informe de carácter meramente indicativo y no limitativo, sin que afecte la libertad de elección de los Interesados, identificando los nodos con requerimiento de generación local, su necesidad de despacho y estacionalidad.

ARTÍCULO 2º.- Las presentaciones deberán realizarse en formato digital a partir de las 09:00 hs. del día lunes posterior a la publicación de la presente resolución, y hasta las 18:00 hs. del 30 de junio del corriente, al correo electrónico a ser comunicado oportunamente por CAMMESA, conforme a los Términos de Referencia que como Anexo (IF-2022-40004784-APN-SSEE#MEC), integran la presente medida.

ARTÍCULO 3°.- Establécese que CAMMESA publicará y administrará las convocatorias que se efectúan por la presente resolución, conforme las funciones que se le asignaran como ORGANISMO ENCARGADO DEL DESPACHO (OED) mediante el Decreto N° 1.192 de fecha 10 de julio de 1992.

La información general y de detalle contenida en las MDI en relación con los anteproyectos de interés que se presenten, se considerará información reservada durante el desarrollo de la convocatoria.

ARTÍCULO 4°.- Establécese que CAMMESA, previo análisis técnico de las MDI efectuadas y las condiciones informadas para su eventual desarrollo, elevará las presentaciones de los interesados juntamente con sus propias evaluaciones, para consideración de esta Secretaría.

Las MDI elevadas, atendiendo a la consideración que efectúe esta Secretaría de su eficaz contribución al logro de los objetivos de la convocatoria, podrán ser consideradas total o parcialmente para su integración a esquemas de gestión regulatoria a ser desarrollados para la potencial concreción de proyectos en el marco de sistemas de comercialización competitivos y transparentes.

ARTÍCULO 5º.- Facúltase a la SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA de esta Secretaría a dictar los actos que sean necesarios y evacuar las consultas que se efectúen durante el período precitado.

ARTÍCULO 6°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.