Para un proyecto fovoltaico de venta a red presenté un aval pero no fue admitido en el PREFO ¿cómo lo recupero?
Son muchas las consultas recibidas por productores fotovoltaicos que están preocupados al no recibir noticias del MINETUR respecto a las devoluciones de los avales.
Si solicitó la inscripción en el registro de preasignación de retribución PREFO regulado en el real decreto 1578/2008, de 26 de septiembre, y su solicitud no fue resuelta favorablemente puede recuperar las garantías depositadas.
Para ello, era necesario que dirigiera en el plazo de seis meses desde la entrada en vigor del Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, ante la Dirección General de Política Energética y Minas en papel lo siguiente:
- Solicitud interesando la devolución de las garantías que hubieran depositado al amparo de lo previsto en los artículos 59 bis y 66 bis del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, del artículo 9 del Real Decreto 1578/2008, de 26 de septiembre, así como del artículo 4.3.i del Real Decreto-ley 6/2009, de 30 de abril, sin que, haya lugar, en virtud de ese desistimiento, a la ejecución de tales garantías.
- Desistimiento de su solicitud de inscripción en el referido registro.
En su caso, desistimiento de su solicitud de acceso a la red.
Como el plazo de seis meses con el que contaba para dirigir el citado escrito a la Dirección General de Política Energética y Minas ya ha transcurrido, es necesario que contacte con PROMEIN Abogados para que realice esa consulta al Ministerio de Industria y ver si hay forma de recuperar o no ese aval de forma extemporánea.