Orden Foral 64/2006, de 24 de febrero, del Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, por la que se regulan los criterios y las condiciones ambientales y urbanísticas para la implantación de instalaciones en suelo no urbanizable.

NORMATIVA DE CARACTER FORAL: NAVARRA

Es objeto de la presente Orden Foral la regulación de los criterios y condiciones territoriales, urbanísticas y ambientales para autorizar la implantación de instalaciones de obtención de energía eléctrica que utilicen como fuente de energía primaria la energía solar , ya sea en forma de instalaciones solares fotovoltáicas o instalaciones solares termoeléctricas.