Se hace público el Informe de Inspección de la CNE a las plantas solares.

La Dirección de Inspección, Liquidaciones y Compensaciones entiende que cuando se termine el procedimiento inspector, la CNE, llevará a cabo las actuaciones que considere oportunas, como la apertura de expedientes sancionadores.

El Consejo de Administración de la CNE, con fecha 14 de octubre de 2008, acordó remitir a la Dirección General de Energía Politica y Minas un informe sobre el inicio de las inspecciones a instalaciones fotovoltaicas en aplicación de la Orden ITC/1857/2008, de 25 de junio, por la que se revisan las tarifas eléctricas a partir del 1 de julio de 2008. Con fecha 16 de octubre, el Consejo de Administración de la CNE aprobó una propuesta de plan de inspecciones a instalaciones fotovoltaicas, que se envió al Ministerio para su aprobación por Resolución.

La Dirección General de Energía Política y Minas aprobó dicho plan por Resolución el 23 de octubre de 2008. La Dirección de Inspección Liquidaciones y Compensaciones, ha elaborado este informe en base a las comprobaciones inspectoras en las propias instalaciones y la información y documentación aportada por las empresas e instituciones.

Se trata de aportar a la mayor brevedad, una vez realizadas las visitas a las instalaciones, una sinopsis de la situación de las instalaciones inspeccionadas, sin perjuicio de que se ultime el procedimiento de inspección preceptivo con la elaboración de las Actas de Inspección y la remisión de los resultados de las inspecciones al titular de la instalación, a la empresa distribuidora a la que se conecta y al órgano competente que autorizó la instalación, para que puedan realizar, en su caso, observaciones. Ello en cumplimiento del apartado 3º de la Resolución de 23 de octubre de 2008 de la DGPEyM que aprueba el Plan de Inspección objeto de este informe y que se ha citado literalmente.

DESCÁRGUESE AQUÍ EL INFORME DE
INSTALACIONES INSPECCIONADAS POR LA CNE

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