El gobierno aprueba subida masiva de tarifas eléctricas. Retroactiva desde 2014.

La medida aprobada por Consejo de Ministros afecta a 17 millones de consumidores sujetos al PVPC, con impacto «reducido», según insiste su Nota eufemísticamente titulada «Nueva metodología para el cálculo de los costes de comercialización de la Luz»

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El viernes 18 de noviembre a las 13:58 horas el gobierno ha publicado la antipopulista medida, con la alevosía y quasi nocturnidad -tras el reciente adelanto horario- que viene siendo habitual en el habitual gabinete.

Las medidas adoptadas son de aplicación a los consumidores que se acogen a esta modalidad  de Precio Voluntario al Pequeño Consumidor, antes conocido como TUR, y donde por defecto se incardinan los puntos de suministro con potencia contratada inferior a 10 kW : 17.000.000 de consumidores.

Tras la supresión de las subastas CESUR que fijaban anteriormente los precios regulados, debido a las sospechosas manipulaciones que hacían subir sustancialmente sus precios  inmediatamente antes de la revisión,  el 29 de marzo de 2014 el Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó el Real Decreto 216/2014, de 28 de marzo, por el que se establece la metodología de cálculo de los precios voluntarios para el pequeño consumidor de energía eléctrica y su régimen jurídico de contratación.

Con estas medidas, el flamante Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital profundiza en el Estado del Malestar, si bien para su aplicación -retroactiva desde el 1 de abril de 2014- concede el plazo de una gestación a las comercializadoras para que efectúen las regularizaciones.

Reproducimos sibilina Nota de Prensa:

Consejo de Ministros

El Gobierno aprueba la nueva metodología para el cálculo de los costes de comercialización de la luz

18.11.16. El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto que establece la nueva metodología para determinar el cálculo de los costes de comercialización que corresponden a los comercializadores de referencia (COR) para realizar el suministro de energía eléctrica a Precio Voluntario del Pequeño Consumidor (PVPC) y cumple así con las tres sentencias del Tribunal Supremo que le obligaban a modificarla.

El PVPC es el precio de la electricidad que aplican las comercializadoras de referencia a aquellos clientes domésticos acogidos a este mecanismo. El PVPC se compone del coste de la electricidad en el mercado, los peajes y los costes de comercialización, y exige tener una potencia contratada inferior a 10 Kw.

El coste de comercialización resultante de la nueva metodología es similar al establecido anteriormente, por lo que el impacto sobre la factura del consumidor será reducido.

Según las sentencias del Tribunal Supremo es necesario regularizar la facturación realizada desde el 1 de abril de 2014 conforme a los nuevos precios que resultan de la metodología, lo que supone de media 1,76€ por consumidor. En el futuro, la nueva metodología incrementará la factura media doméstica de forma muy moderada. De mantenerse las condiciones vigentes en 2016 el impacto para una factura media sería de 25 céntimos de euro/año, es decir, unos 2 céntimos al mes.

Esta norma sólo afecta a los consumidores que hayan estado acogidos al PVPC en algún momento entre 2014 y la actualidad, por lo que no afecta a aquellos que hubieran tenido contratado el suministro en el mercado libre.

Para elaborar la metodología, el Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital ha utilizado como referencia la propuesta de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia y ha tenido en cuenta las valoraciones de todos los agentes afectados. La modificación cuenta con el dictamen favorable del Consejo de Estado. Esta metodología reconoce aquellos costes en los que incurren las empresas de acuerdo con la ley del sector eléctrico.

Una vez que entre en vigor las compañías tienen nueve meses para realizar las regularizaciones. El consumidor recibirá una carta en la que se le informará de los efectos de la aplicación de la nueva metodología y en su factura se establecerá de forma separada este concepto.

Entretanto no se publique en el BOE el texto definitivo del Real Decreto anunciado, puede consultarse texto del Proyecto, de julio 2016.


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