Borrador de la Ley de Eficiencia Energética y Energías Renovables
Hace unos días el Diario El País nos sorprendia al publicar que era conocedor del contenido del borrador de la Ley de Eficiencia Energética y Energías Renovables que está redactando el Gobierno de España. El ministerio de Industria lo desmintió en parte.
La eficiencia energética y las energías renovables han adquirido una importancia creciente para la consecución de los objetivos de la política energética: la garantía de suministro, la competitividad y el respeto al medio ambiente. El carácter prioritario y estratégico de la eficiencia energética y de las energías renovables y el cumplimiento de objetivos nacionales a medio y largo plazo exigen una nueva normativa que complete, integre y mejore el marco legal actual, y que otorgue estabilidad al fomento de la eficiencia energética y al desarrollo de las energías renovables. Además, la Ley prevé transponer a la legislación española la normativa comunitaria en materia de energía y cambio climático, que incluye una nueva Directiva de Energías Renovables.
La sociedad en general se beneficiará de una reducción de nuestra dependencia energética y de nuestras emisiones. Además se logrará un aumento en nuestra seguridad de suministro.
Ya, el pasado 27 de noviembre de 2008, el Ministerio de Industria presentó en la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos, un borrador de principios fundamentales.
Por esas fechas se anunció que se presentaría un anteproyecto de Ley en el primer trimestre de 2009.
Hace unos días el Diario El País nos sorprendia al publicar que era conocedor del contenido del borrador de la Ley de Eficiencia Energética y Energías Renovables que está redactando el Gobierno de España.
A grandes rasgos, el Diario “El Pais” señalaba que estas son las medidas más destacadas:
OBJETIVOS GENERALES. En 2020 el 20% de la energía consumida en España deberá ser de origen renovable. En 2010 , el 10% de los combustibles deberán tener un origen verde.
AHORRO ENERGÉTICO EN EDIFICIOS. Quizás lo más novedoso. La Ley establecerá la obligación de que cada edificio cuente con un gestor energético que hará un seguimiento anual del consumo energético del edificio, proponiendo medidas de ahorro. En esta línea, los equipos del edificio deberán programarse para reducir su consumo, las luces comunitarias deberán disponer de sistemas de detección de presencia para su encendido, así como un sistema que regule su consumo con el fin de aprovechar la luz natural. Los edificios más antiguos y peor aislados podrían alcanzar a reducir su consumo hasta un 60%.
REDUCCIÓN DE LA “ILUMINACIÓN AL CIELO”. La iluminación de las calles se restringirá a las zonas que se quieran iluminar y reducirán la “iluminación hacia el cielo”, que además de ser un desperdicio energético genera contaminación lumínica.
ARQUITECTURA Y URBANISMO BIOCLIMÁTICO. La Ley apuesta claramente por el diseño bioclimático -aunque no la llame expresamente así-, tanto de edificios como de urbanizaciones, de manera que permitan alcanzar mayores soleamientos, reducir el consumo en calefacción y refrigeración, etc. Una orientación correcta permite reducir el gasto energético.
PLANES DE MOVILIDAD. Las ciudades de más de 25.000 habitantes deberán redactar planes para favorecer el transporte público, que deberán ser incorporados en los planes urbanísticos. En este punto cabe la posibilidad de que se trate la posibilidad de instaurar peajes en vías como medida disuasoria del uso del transporte privado en beneficio del público.
MOVILIDAD LABORAL. Las empresas y polígonos de más de 200 trabajadores deberán disponer de planes de transporte que favorezcan el transporte público/colectivo/compartido, el acceso peatonal y en bicicleta, tanto de empleados como de clientes y visitantes.
CONDUCCIÓN EFICIENTE. Las autoescuelas deberán enseñar a conducir eficientemente tanto en los cursos para obtener el carné de conducir, como para recuperar puntos perdidos. Incluso podría incluirse en la enseñanza educativa. Conducir eficientemente puede llegar a suponer un 20% de consumo de combustible.
AHORRO EN EL SECTOR PÚBLICO. La Administración debe alcanzar un ahorro en su consumo energético del 9% en 2010 y del 20% en 2016. Los edificios públicos deberán tener un gestor energético y cada plan de la Administración deberá llevar una memoria energética.
A la vista de esta nota de prensa publicada, el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, lanzó una nota de prensa desmintiendo parte de la información vertida por el Diario El País, señalando que:
1º Industria nunca ha contemplado que las comunidades de vecinos y propiedades residenciales deban contar con la figura de un gestor energético.
2º Los apartados que tratan sobre el gestor energético de los diversos borradores de trabajo de la Ley de Eficiencia Energética y Energías Renovables en ningún caso hacen referencia a comunidades de vecinos.
3º En consecuencia, la futura Ley no contendrá obligación alguna para las comunidades de vecinos y propiedades residenciales respecto a la figura del gestor energético.