AETN de Bolivia autoriza a usuarios a producir electricidad en casas y edificios con energía solar y otras fuentes renovables

A fin de implementar la Generación Distribuida y promover las energías renovables, la Autoridad de Fiscalización de Electricidad y Tecnología Nuclear (AETN) aprobó los nuevos reglamentos y tarifas para que los usuarios generen su propia electricidad

La Generación Distribuida es un sistema que ofrece a los bolivianos la oportunidad de convertirse en participantes activos en la producción de electricidad a través de pequeñas fuentes renovables respetuosas con el medio ambiente, como los paneles solares, instalados en casas y edificios.

El director ejecutivo de AETN, Eusebio Aruquipa, presentó en conferencia de prensa los reglamentos y tarifas que da luz verde a la implementación de la generación distribuida con energías renovables hasta una potencia de 500 kilovatios (kW) y autoproductores de más de 500 kW. A continuación, se detallan las normas regulatorias aprobadas que entraron en vigencia el 5 de julio del presente año.

Inscripción de Empresas Especializadas: Establece los requisitos y lineamientos para inscribir a empresas especializadas en el diseño, instalación y adecuación de sistemas de Generación Distribuida con energías renovables. Estas empresas deberán registrarse ante la AETN y obtener la habilitación necesaria del distribuidor u operador eléctrico correspondiente.

Autoproducción con Generación Distribuida: Define los requisitos y el procedimiento para la inscripción de consumidores industriales, de transporte masivo o servicios básicos que produzcan su propia energía eléctrica mediante sistemas descentralizados de fuentes renovables. Este proceso se aplica a los consumidores regulados que utilizan la energía para su propio consumo exclusivo.

“Los Autoproductores con Generación Distribuida, tales como entidades estatales, sociedades comerciales, cooperativas o individuos que realicen actividades industriales, podrán inyectar energía eléctrica en uno o varios puntos y retirarla en distintos puntos dentro del área de operación del distribuidor donde estén registrados”, explicó Aruquipa.

Retribución de Energía Eléctrica Inyectada: Establece el mecanismo de compensación por la energía eléctrica que los autoproductores inyectan a la red de distribución local. También permite que el excedente de energía se acumule hasta por 24 meses.

Procedimientos de Información y Registro:  Detallan los procedimientos para recolectar y remitir información al ente regulador de los generadores distribuidos y autoproductores de generación distribuida. Además, se especifican los requisitos para el registro e incorporación de los generadores distribuidos a la red de distribución.

Tarifas de Inscripción y Actualización: Fija los montos que deben pagar las empresas instaladoras y los autoproductores por el derecho de inscripción y actualización en el registro de generación distribuida.