Orden de 7 de noviembre de 2005, por la que se establecen normas complementarias para la tramitación y la conexión de determinadas instalaciones generadoras de energía eléctrica en régimen especial y agrupaciones de las mismas en redes de distribución.

NORMATIVA DE CARACTER FORAL: ARAGON

La presente Orden tiene por objeto el establecimiento de normas complementarias para la obtención de punto de conexión de generadores fotovoltaicos o de otra naturaleza, contemplados en el Real Decreto 436/2004, de 12 de marzo, de potencia no superior a 100 kVA, susceptibles de conectarse a la red de distribución de baja tensión, así como para agrupaciones de estas instalaciones, que estén situadas en parcelas urbanas o rústicas, en los términos establecidos en los artículos siguientes.