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Incentivos a Proyectos piloto singulares de Comunidades Energéticas (PROGRAMA CE IMPLEMENTA)- II Convocatoria

15-1-22. Redacción
sábado, 15 enero 2022.
Redacción
Incentivos a Proyectos piloto singulares de Comunidades Energéticas (PROGRAMA CE IMPLEMENTA)- II Convocatoria
Asociadas a biomasa, biogás u otros gases renovables, eólica, hidráulica y solar fotovoltaica. Inversión mínima por proyecto superior a 1.000.000€. Presupuesto asignado de 30.000.000 €

Extracto de la Resolución de 12 de enero de 2022, de la Dirección General de E.P.E Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE), M.P., por la que se establece la Segunda Convocatoria del Programa de incentivos a Proyectos piloto singulares de Comunidades Energéticas (PROGRAMA CE IMPLEMENTA), en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia

Beneficiarios

Podrán obtener la condición de beneficiarios cualesquiera personas jurídicas, públicas o privadas, legal y válidamente constituidas, que tengan su domicilio fiscal en España, y que conformen una comunidad energética según lo establecido en el artículo 2.1 de la Orden TED/1446/2021, de 22 de diciembre.

Finalidad

Impulsar y desarrollar la figura de comunidades energéticas, según lo previsto en la reforma específica incluida dentro de la componente 7 «Despliegue e integración de energías renovables» del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, que contempla las comunidades energéticas como un actor clave, todo ello mediante el apoyo a proyectos de tamaño medio o grande que fomenten la participación en el sector energético de actores no participantes en el mismo tradicionalmente, y cuya finalidad sea el desarrollo de proyectos de energía renovable eléctrica y térmica, eficiencia energética, infraestructura para movilidad sostenible y gestión de la demanda mediante comunidades energéticas.

Plazo

El plazo de presentación de solicitudes se iniciará el día 1 de febrero de 2022 y finalizará a las 12:00 horas del día 1 marzo de 2022. Transcurrido dicho plazo, no serán admitidas más solicitudes.

Áreas de actuación objeto de ayuda

I. Energías renovables eléctricas
Asociadas a una o varias de las siguientes fuentes de energía: biomasa, biogás u otros gases renovables, eólica, hidráulica y solar fotovoltaica.

II. Energías renovables térmicas
Asociadas a una o varias de las siguientes fuentes de energía: aerotermia, biomasa, biogás, biometano u otros gases renovables, geotermia, hidrotermia y solar térmica, así como los sistemas de aprovechamiento de dichas fuentes en las aplicaciones determinadas en la convocatoria.

III. Eficiencia energética
Asociadas a una o varias de las siguientes aplicaciones: mejora de la eficiencia energética de la envolvente térmica.

IV. Movilidad sostenible
Asociadas a una o varias de las siguientes aplicaciones: implantación de infraestructura de recarga de vehículos eléctricos y adquisición de vehículos eléctricos enchufables y de pila de combustible para movilidad compartida.

V. Gestión de la demanda
Asociadas a una o varias de las siguientes aplicaciones: almacenamiento detrás del contador y sistemas de regulación mediante almacenamiento hidráulico u otros sistemas de almacenamiento innovadores que podrán incluir baterías de próxima generación o nuevos aprovechamientos de baterías vehiculares (segunda vida de baterías), agregación de la demanda de energía térmica y sistemas para proporcionar flexibilidad de la demanda.

Características

  • El régimen de concesión será el de concurrencia competitiva.
  • La resolución de concesión de la ayuda especificará el importe de la ayuda total concedida, expresado en €, que no podrá superar el límite de 15 millones de euros por empresa por proyecto.
  • El plazo para la realización de las inversiones subvencionables y ejecución de las actuaciones objeto de las ayudas será de catorce (14) meses que se computará a partir de la fecha de notificación de la resolución favorable de concesión de ayuda.
  • Los beneficiarios que lo soliciten, mediante escrito dirigido a la Dirección General del IDAE podrán disponer de anticipos de hasta el 80% del importe de la ayuda concedida, siempre y cuando se cumplan las condiciones establecidas en las bases y convocatoria.

Extracto de la Resolución de 12 de enero de 2022
Extracto de la Resolución de 12 de enero de 2022

El texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.

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