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Subvenciones para la ejecución de diversos programas de incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento, con fuentes de energía renovable en Extremadura

11-2-22. Redacción
viernes, 11 febrero 2022.
Redacción
Subvenciones para la ejecución de diversos programas de incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento, con fuentes de energía renovable en Extremadura
Ayudas en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia Europea.

El Decreto 145/2021, de 21 de diciembre por el que se desarrollan las bases reguladoras de subvenciones para la ejecución de diversos programas de incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento, con fuentes de energía renovable, así como a la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia Europeo, en Extremadura, y se aprueba la única convocatoria, expone sus motivaciones:

A fin de promover el despliegue de las energías renovables, tanto térmicas como eléctricas, en los distintos sectores consumidores, fomentar un mayor control del consumo mediante el desarrollo de los sistemas de almacenamiento detrás del contador y el impulso a la industria y al sector empresarial asociado, el estado Español ha aprobado el Real Decreto 477/2021, de 29 de junio, por el que se aprueba la concesión directa a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla de ayudas para la ejecución de diversos programas de incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento, con fuentes de energía renovable, así como a la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, publicado en el Boletín Oficial del Estado número 155, de 30 de junio de 2021, donde se establece un modelo para la concesión de ayudas basado en la colaboración con las comunidades autónomas que pueden desarrollar su tramitación y efectuar la gestión de los fondos, con arreglo a criterios ajustados a los principios constitucionales y al orden de distribución de competencias.

Así citado Real Decreto establece un modelo para la concesión de ayudas dado que, de acuerdo con el artículo 22.2.c) y 28 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, concurren razones de interés social y económico que justifican la dificultad de su convocatoria pública en concurrencia competitiva, contemplándose en el mismos seis programas de incentivos de autoconsumo, almacenamiento y usos térmicos de energías renovables que permitirán impulsar la realización de actuaciones encaminadas a la descarbonización y el uso de energías renovables, así como a reactivar la activación social y económica en el ámbito de España, sus Comunidades Autónomas.

Por otra parte, el Real Decreto 477/2021, de 29 de junio, atribuye a los órganos competentes de la comunidad autónoma en la que vaya a llevarse a cabo la actividad por la que se solicita la ayuda, la ordenación, instrucción, resolución y el pago de las ayudas, por lo que resulta necesario convocar las ayudas mencionadas en el ámbito de la comunidad autónoma de Extremadura, adaptada a las particularidades orgánicas y procedimentales, de acuerdo con lo establecido en la Ley 6/2011 de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

En cumplimiento de dicha jurisprudencia, este real decreto establece un modelo para la concesión de ayudas basado en mecanismos de cooperación y colaboración consustanciales a la estructura del Estado de las Autonomías que articula la Constitución Española. Se ha diseñado por ello un modelo para la concesión de las ayudas basado en la colaboración de las comunidades autónomas que pueden desarrollar su tramitación y efectuar la gestión de los fondos, con arreglo a criterios ajustados a los principios constitucionales y al orden de distribución de competencias.

En relación a estas ayudas se extractan los diferentes Programas de incentivos en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia Europeo, en Extremadura:

  • Programa 1: Realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, sector servicios, con o sin almacenamiento.
     
  • Programa 2: Realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, en otros sectores productivos de la economía, con o sin almacenamiento.
     
  • Programa 3: Incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, ya existentes en el sector servicios y otros sectores productivos.
     
  • Programa 4: Realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, en el sector residencial, las Administraciones Públicas y el tercer sector, con o sin almacenamiento.
     
  • Programa 5: Incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, ya existentes en el sector residencial, las Administraciones Públicas y el tercer sector.
     
  • Programa 6: Realización de instalaciones de energías renovables térmicas en el sector residencial.
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