Publicada la Orden Ministerial N° 02/2013 del Ministerio de Bienes Nacionales, que imparte normas sobre concesiones de terrenos para desarrollo de proyectos de ERNC.
El Gobierno chileno con la promulgación de esta norma provoca un lamentable retroceso en materia de concesiones ya que no recoge las necesidades de la industria de energías renovables.
Con fecha 16 de abril de 2013 el Ministerio de Bienes Nacionales promulgó la Orden Ministerial N° 02, la cual imparte normas en materia de concesiones de inmuebles fiscales para el desarrollo de proyectos de energía renovables no convencionales.
Al respecto la Asociación Chilena de Energías Renovables, ACERA, considera necesario hacer públicas sus opiniones relativas a la materia.
“Reconocemos que el Ministerio está habilitado para establecer criterios para la gestión de bienes fiscales a través de este tipo de ordenanzas y que no tiene obligación legal para pedir opiniones”, dice Carlos Finat, Director Ejecutivo de ACERA. “Sin embargo, nos preocupa la forma como el Ministerio de Bienes Nacionales llevó a cabo esta Orden Ministerial, ya que ni ACERA ni las empresas que la integran han sido consultadas al respecto ni tampoco se dio algún espacio para poder entregar su opinión respecto de un tema tan importante para el desarrollo de las ERNC en el país”.
Con el afán de contribuir al desarrollo energético de Chile, ACERA estima necesario modificar varios aspectos de dicha Orden Ministerial, de manera que la misma no agregue riesgos a los ya existentes para los proyectos ERNC. En ese sentido, entre los puntos que a juicio de la asociación deberían corregirse se pueden mencionar:
• Estamos de acuerdo con los procesos de licitación de los inmuebles fiscales, no así con que la adjudicación se determine por criterios únicamente económicos, sin ponderar la seriedad, experiencia o respaldo de las empresas o si alguna de ellas cuenta con caracterización del terreno, particularmente si fue la promotora de una licitación.
• No nos parece óptimo que ciertas materias de la Orden Ministerial afecten la forma en que los desarrolladores han venido considerando sus proyectos desde hace meses o incluso años. ACERA considera que el carácter retroactivo de esta Orden Ministerial respecto de concesiones en trámite retrasará la tramitación de dichos procedimientos, introduciendo además un importante grado de incerteza jurídica para inversionistas nacionales y extranjeros que han ingresado al mercado de la ERNC.
• El Ministerio de Bienes Nacionales se atribuye e impone algunas decisiones técnicas sobre la calidad de los proyectos a ser ejecutados en los terrenos concesionados, para eso existen otros organismos técnicos competentes.
“No sólo estamos dispuestos a colaborar con la autoridad y trabajar juntos, sino que creemos esencial obtener criterios y normas a la altura de la realidad que vive el país y que contribuyan al desarrollo e implementación de las ERNC. Para ello y en el caso específico de la Orden Ministerial N° 02, en los próximos días haremos llegar formalmente a las autoridades nuestros comentarios”, concluyó Finat.
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