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Instalación y mantenimiento de energía solar térmica a coste CERO.

16-8-10. Antonia Lecue
lunes, 16 agosto 2010.
Antonia Lecue
Instalación y mantenimiento de energía solar térmica a coste CERO.
El desconcierto, descontento y perplejidad creada por el MITyC ha potenciado la mutación de las empresas de venta a red fotovoltaica, a venta de energía térmica.

Los empresarios fotovoltaicos que perjudicados por la moratoria tácita ministerial que ha impedido a España continuar liderando el sector de la venta a red fotovoltaica, se han visto o se estan viendo obligados a emigrar fuera de nuestras fronteras, a cerrar sus empresas, ó iniciar una nueva andadura transformándose en empresas de servicios energéticos (en adelante "ESCOS") cuyo objeto social es la venta de la energía solar térmica generada por la creación y ejecución de proyectos solares térmicos.

La figura empresarial de las ESCOS, aún no siendo novedosa ya que data desde hace más de 10 años, es realmente interesante, al ser comercialmente muy vendible lo que promueve y persigue.

¿Por qué?:  Porque convencer a una empresa, o a una comunidad de propietarios, de que instale energía solar térmica para cubrir todo o parte de su demanda energética fomentando el ahorro y contribuir a proteger el Medioambiente nunca ha sido tarea fácil. El principal alegato a modo de excusa, que se suele escuchar por parte de los posibles beneficiarios de este tipo de instalación solar suele ser la errónea a su largo plazo de amortización, ó lo que es lo mismo que es una instalación muy costosa.

¿Y como se les convence?: De forma muy sencilla, ya que si el coste de una instalación solar térmica puede resultar a primera vista costosa, los instaladores pueden ofrecer la ejecución y mantenimiento de ésta a coste CERO, ya que el coste de ésta (incluidos instalaciión y materiales) lo cubriría la" ESCO" , siendo su beneficio el precio obtenido por la venta de energía térmica generada por la instalación solar.

Es decir: la ESCO ocupa la posición de las proveedoras de energías fósiles a la hora de vender y facturar la energía solar térmica. En este caso la empresa ó la Comunidad de propietarios no tendría que desembolsar por la ejecución de la instalación, ni por el mantenimiento ninguna cantidad económica, siendo su obligación de pago, o bien un porcentaje del ahorro que genera su ahorro de energía, o la compra de la energía verde que la instalación térmica genera. Este segundo caso es análogo al de la venta a red fotovoltaica que en vez de vendérsela a precio de tarifa regulada a  la compañía eléctrica,  vende la energía generada al beneficiario de la instalación. En principio la ESCO transmite la propiedad de la planta de generación de energía solar térmica si no la energía que genera, como si de un "Iberdrola" se tratara, pudiendo quedar la instalación en propiedad del consumidor a la finalización del contrato.

Por tanto los agentes intervienientes en este tipo de negocio solar, pueden ser tres:

- El propietario del inmueble: quién tras suscribir un contrato mercantil con el promotor o instalador de energía solar, cede el uso de un espacio ocioso y compra la energía térmica que genera la planta solar.

- El profesional de la energía solar, quién conocedor de las bondades y logros de esta tecnología, estudia, proyecta, ejecuta y maniene la instalación a cambio de una contraprestación económica por la compra de la energía.

Los estudios le van a permitir no correr ningún tipo de riesgo al realizar esta inversión de modo seguro aplicando criterios cientificos (indiices de radiación solar) y técnicos (eficiencia del captador térmico). La beneficiaria por la compra de la energía generada jamás va a "amenazar" al instalador con recortes, tijeretazos, o retroactividades.

Para obtener la mayor rentabilidad para este tipo de instalación de energía solar térmica va a solicitar las correspondientes ayudas y subvenciones a  la Comunidad Autónoma ó en su caso municipio correspondiente. + info aquí.

Asimismo, puede abaratar los costes de los materiales que integran la instalación solar térmica, solicitando presupuesto gratuito y sin compromiso vía Internet de los elementos y componentes, pudiendo comparar y eligiendo el Mejor Precio. + info aquí.

- La entidad financiera o prestamista, quién conocedora de la rentabilidad y del periodo de amortización de la planta de producción de energía térmica pone a disposición del profesional solar el montante suficiciente para iniciar esta interesante actividad mercantil de compraventa de energía.

Desde Suelo Solar, queremos colaborar con el profesional solar en la búsqueda de inmuebles aptos o viables para venta de energía térmica a coste de instalación ó mantenimiento CERO, y de empresas financieras o entidades bancarias dispuestas a prestar el suficiente apoyo económico para la puesta a disposición de los materiales y ejecución de la instalación solar térmica.

Si eres PROPIETARIO de un inmueble tipo (Hotel, Residencia, Hospital, Comunidad de Propietarios, etc.,) y deseas que los Clientes de Suelo Solar (profesionales de la energía solar) te contacten para ofrecerte sus servicios y la venta de la energía que genere la instalación de energía solar térmica, rogamos cumplimentes la siguiente tabla de recogida de datos indicando el consumo medio de energía de tu instalación de energía habitual. GRACIAS!

DESCARGAR MODELO DE CONTRATO DE VENTA DE ENERGÍA SOLAR TÉRMICA AQUÍ.

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