Según declaraciones de su Presidente, la moratoria condena el desarrollo de un sector de actividad emprendedora y de alta cualificación técnica que dispone de las aptitudes necesarias para ser un referente internacional.
La suspensión abrupta e indefinida de los incentivos económicos para las instalaciones de energías renovables que establece el Real Decreto-Ley 1/2012 aprobado por el Consejo de Ministros del día 27 de enero supone una dramática paralización de la actividad de las empresas catalanas de energía solar fotovoltaica.
El sector fotovoltaico catalán se caracteriza por un número importante de pequeñas y medianas empresas, algunas con una dilatada trayectoria, que diseñan y ejecutan instalaciones de producción de electricidad a partir de generadores fotovoltaicos instalados en edificios existentes.
Cataluña es la comunidad autónoma más activa en instalaciones fotovoltaicas de pequeña potencia (menos de 20 Kw.), realizadas sobre edificios (tipo I.1).
La medida incide sobre un colectivo que apenas hace un año ya había sufrido las consecuencias de la reducción de primas y las disposiciones retroactivas del Real Decreto 14/2010. El impacto de este nuevo e inesperado cambio reglamentario sobre el sector se estima en unos 70 millones de € en instalaciones ya previstas y en tramitación y supondrá la desaparición de un número importante de empresas y puestos de trabajo cualificados en Cataluña.
El procedimiento vigente hasta ahora para la inscripción de un proyecto en una de las convocatorias del registro de preasignación fotovoltaica prevista para este año 2012 requiere un periodo de maduración dilatado, durante el cual las
empresas incurren en unos costes hundidos en forma de gestiones comerciales, obtención de licencias y redacción de proyectos. La inesperada aprobación del Real Decreto-Ley 1/2012, además de suponer la paralización de la actividad del sector fotovoltaico, impide a las empresas la recuperación de los costes hundidos de los proyectos en curso.
A pesar de que el Real Decreto-Ley indica explícitamente que la suspensión de los incentivos para las instalaciones de régimen especial es de carácter temporal, el texto no establece ningún plazo concreto, más allá de vincular la vigencia de la medida al menos hasta la solución del problema del déficit tarifario. Esta falta de concreción condena a las empresas a la más absoluta indefinición sobre sus perspectivas futuras de viabilidad, a la vez que las relaciona veladamente con la causa de un problema, el déficit tarifario, del que ni tienen ninguna responsabilidad.
La razón principal de aduce el misterio para establecer la drástica paralización del sistema de preasignación de retribución de instalaciones de energías renovables es la reducción del llamado déficit de tarifa eléctrica. Según las estimaciones realizadas, el efecto de la supresión de los proyectos en curso en Cataluña, con una potencia estimada de 30 MW, puede representar un ahorro de unos 3,8 millones de € en los costes del sistema eléctrico y, en cambio, representan un impacto negativo para las cuentas públicas muy superior. Efectivamente, la paralización de estas instalaciones y la consecuente pérdida de puestos de trabajo supondrán una reducción de los ingresos anuales para el conjunto de las administraciones y un incremento de gastos en concepto de subsidios de desempleo que se puede estimar conjuntamente en unos 17 millones de €, es decir, tres veces más que la reducción del déficit tarifario que se pretende lograr.
Fuera de valoraciones sociales y económicas, la Asociación de Profesionales de las Energías Renovables de Cataluña (APERCA) opina que la medida representa un grave error estratégico que condena el desarrollo de un sector de actividad tradicionalmente emprendedor y de alta cualificación técnica que ya ha demostrado que dispone de las aptitudes necesarias para ser un referente internacional.
Las empresas del sector, representadas en APERCA, solicitan al Govern de la Generalitat su soporte para exigir al Ministerio de Industria:
- la continuidad del proceso que estaba abierto para la inscripción de proyectos en el registro de preasignación de retribución fotovoltaica en las convocatorias del año 2012, de forma que las empresas puedan recuperar los costes hundidos.
- la acotación temporal del plazo de vigencia de la suspensión indefinida que establece el Real Decreto-Ley 1/2012.
La Secretaría de Energía del Ministerio de Economía, presentó el documento para relevar la existencia y geolocalización de estaciones de carga.
El último consenso del grupo se produjo en 2021. El liderazgo del país también hizo viables compromisos para duplicar la tasa promedio global anual de mejoras en la eficiencia energética global.