Desde la Comisión Europea se fomenta el consumo de electricidad generada a partir de fuentes de energía renovables. Las garantias de origen son una gran herramienta para ello.
Los Estados miembros harán lo necesario para que el origen de la electricidad generada a partir de fuentes de energía renovables pueda garantizarse como tal, con arreglo a criterios objetivos, transparentes y no discriminatorios establecidos por cada Estado miembro. Asimismo, velarán por que se expidan a tal efecto, previa solicitud, garantías de origen.
Las garantías de origen:
- indicarán la fuente de energía a partir de la cual se haya generado la electricidad, especificarán las fechas y lugares de generación y precisarán, en el caso de las centrales hidroeléctricas, la capacidad,
- deberán servir para que los productores de electricidad que utilicen fuentes de energía renovables puedan demostrar que la electricidad que venden ha sido generada a partir de fuentes de energía renovables.
Las garantías de origen, deben ser objeto de reconocimiento mutuo por parte de los Estados miembros. Cualquier negativa a aceptar una garantía de origen como prueba de dichos elementos, en particular por razones relacionadas con la prevención del fraude, deberá basarse en criterios objetivos, transparentes y no discriminatorios. En caso de negativa a reconocer una garantía de origen, la Comisión podrá obligar a su reconocimiento a la parte que lo deniegue, atendiendo en particular a los criterios objetivos, transparentes y no discriminatorios en que se basa el reconocimiento.
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La asociación del sector fotovoltaico espera que el nuevo RD de autoconsumo, del que se espera el texto definitivo el próximo año, ayude a solventar los escollos administrativos actuales y proporcione incentivos adecuados para continuar su avance.