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La moratoria de la fotovoltaica y la devolución de avales.

8-2-12. Carlos Mateu
miércoles, 8 febrero 2012.
Carlos Mateu
La moratoria de la fotovoltaica y la devolución de avales.
Tras la moratoria,... a todos los proyectos fotovoltaicos que estaban a la espera de obtener cupo y tarifa sólo les quedan tres opciones: vender a pool, acudir a la justicia, ó recuperar el aval a la espera de que se restablezca el PREFO.

Sorprende conocer como el legislador ha articulado el tema de la devolución de los avales de los proyectos que iban a entrar en el Registro de Preasignación en esta próxima Q1 de 2012 y siguientes.
En base al artículo 4.3 del Real Decreto Ley 1/2012 el Ministerio de Industria no devuelve de forma automática los avales sino que ofrece a los productores la posibilidad de desistir y solicitar la devolución del aval renunciando a la solicitud.
En este sentido el citado artículo señala que:
"Los titulares de las instalaciones de régimen especial incluidas en el ámbito de aplicación del presente real decreto-ley a las que, a su entrada en vigor, no les hubiera sido resuelta su solicitud de inscripción en el Registro de preasignación de retribución, podrán, dentro del plazo de dos meses a contar desde la fecha de dicha entrada en vigor, desistir de su solicitud de inscripción en el referido registro, y en su caso, desistir también de su solicitud de acceso a la red, interesando la devolución de los avales que hubieran depositado al amparo de..”
Los terminos PODRÁN y DESISTIR son del todo sorpresivos ya que no compaginan con la abrupta y terrible moratoria que sufre el sector.
Ante esta situación, muchos productores fotovoltaicos se preguntan sobre que sucede si no hacen uso de esa "posibilidad", no desisten, y no solicitan la devolución por tanto de los avales.
Al efectuar esta pregunta al MINETUR, nos informan sobre el procedimiento a seguir para recuperar el aval pero omiten responder a la cuestión planteada sobre la situación jurídica/legal de aquellosproyectos que no deciden solicitar la devolución del aval, porque no quieren ejercer la "posibilidad" de desistir, ó porque desean acudir a la vía legal denunciando el nuevo atraco ministerial.
Resulta del todo inadmisible que no sólo se niegue a los productores fotoltaicos los derechos que vienen implicitos a la Solicitud del PREFO que ya se ha realizado conforme al procedimiento establecido por el MINETUR (luego retroactiva), sino que además para recuperar el aval obliguen a los productores a que sean estos quienes desistan.
La respuesta que ofrece el MINETUR es la siguiente:

Estimado Sr. XXXX:
Para solicitar la devolución del resguardo del depósito del aval, es necesario enviar una solicitud firmada por el titular o el representante legal, indicando el número de expediente de la instalación y los datos identificativos de la misma, exponiendo el motivo por el que solicitan la devolución del aval, a la siguiente dirección:
Dirección General de Política Energética y Minas.
Subdirección General de Energía Eléctrica
Registro de preasignación de retribución de régimen especial
Paseo de la Castellana 160, 28071, Madrid
En caso de solicitar la devolución del aval según lo establecido en el artículo 4.3 del Real Decreto-ley 1/2012, de 27 de enero, deberán indicar expresamente que desisten de la solicitud de inscripción en el Registro de preasignación de retribución para instalaciones fotovoltaicas, al amparo de esta norma.
En caso de solicitar la devolución del aval según lo establecido en la disposición adicional única del Real Decreto-ley 1/2012, de 27 de enero, deberán indicar expresamente su solicitud de renunciar a la inscripción en el Registro de preasignación de retribución para instalaciones fotovoltaicas, al amparo de esta norma.
Para la segunda convocatoria de 2011 y sucesivas, las solicitudes de renuncia y solicitud de devolución de avales podrán realizarse telemáticamente a partir del 16 de febrero de 2012, fecha en la que se adaptará técnicamente la aplicación PREFO a las novedades introducidas por el Real Decreto-ley 1/2012, de 27 de enero.
Hasta el 16 de febrero de 2012 y para los trámites correspondientes a la primera convocatoria de 2011, podrán realizarse las anteriores solicitudes en papel.
Con motivo de la restructuración de los Departamentos ministeriales (Real Decreto 1823/2011, de 21 de  diciembre) el nuevo dominio de correo electrónico del Ministerio de Industria, Energía y Turismo pasará a ser “@minetur.es”.
La nueva dirección de correo electrónico de este buzón es: prefo@minetur.es
Para cualquier otra información general póngase en contacto con el servicio de información administrativa, 902 44 60 06.

Atentamente,

Ministerio de Industria, Energía y Turismo
Dirección General de Política Energética y Minas
Subdirección General de Energía Eléctrica
Pº de la Castellana, 160
28071 MADRID
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