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El Real Decreto por el que se regulan y modifican determinados aspectos relativos al régimen especial se conocerá a mediados del mes de noviembre.

21-10-10. Carlos Mateu
jueves, 21 octubre 2010.
Carlos Mateu
El Real Decreto por el que se regulan y modifican determinados aspectos relativos al régimen especial se conocerá a mediados del mes de noviembre.
El Ministerio de Industria desea que la promulgación del nuevo Real Decreto sea anterior a la publicación de los Listados Definitivos de la Q4-10 para de este modo recortar a partir de la Q1-11 las tarifas.

Aunque de momento desconocemos la fecha en la que se publicará el nuevo marco que regulará el sector fotovoltaico español,  fuentes oficiales de ASIF nos han informado que la Propuesta de Real Decreto por el que se regulan y modifican determinados aspectos relativos al régimen especial, va a ser remitido por el MITyC de forma urgente al Consejo de Estado por lo que se prevé que a mediados del mes de noviembre conozcamos en el BOE su promulgación y texto definitivo.

Propuesta de Real Decreto sobre determinados aspectos del Régimen Especial + info aquí

Según manifestaciones de D. Javier Anta Presidente de ASIF: "desconocemos si el Gobierno aplicará alguna medida que ahorre en la tarifa eléctrica parte de la retribución debida a las instalaciones del RD 661/2007." "Nos preocupa el efecto que puede tener este Real Decreto en relación a las instalaciones del  Real Decreto 1578/2008, por lo que hemos solicitado al Ministerio que urgentemente defina el marco legal retributivo."

A colación de esta nueva regulación hemos de señalar, que el que el Ministerio de Industria se esfuerce por retener en su poder los Listados Provisionales de la Cuarta Convocatoria de 2010, cuyo resultado final debió publicarse hace hoy justamente tres semanas, cobra todo su sentido con la premura ahora del Ministerio de Industria de publicar en el BOE el citado Real Decreto y llegar a tiempo para publicar en los Listados Definitivos de la Q4 del 2010 las tarifas "recortadas", que van a ser de aplicación para los proyectos de la Primera Convocatoria de 2011.

Respecto al retraso en la publicación de los Listados definitivos de la Q4 de 2010, animamos a todos los productores que inscritos en el Registro de Preasignación para la próxima convocatoria, reclamen al Ministerio de Industria los costes que les esta generando el aval, así como todos los daños y perjuicios incluído el detrimentro patrimonial que les está irrogando el retraso e incumplimiento del plazo del día 1 de octubre, fecha en la que se debieron conocer los Listados definitivos del Registro de Preasignación correspondientes a la Cuarta Convocatoria.

Por otra parate, y en cuanto a los continuos ataques que recibe casi a diario el sector fotovoltaico, señalar que os profesionales de la energía solar, atónitos y preocupados ven como el Ministerio de Industria,  ante un mercado fotovoltaico paralizado de forma premeditada y alevosa, permite que tengamos que seguir leyendo en el periódico Expansión al Sr. Galán afirmando sin complejos que: Iberdrola exige al Gobierno que suba tarifas o frene la solar + info aquí.

Resulta paradójica e inaceptable la doble moral del Sr Galán como responsable de Iberdrola quién desarrollando en USA parques Fotovoltaicos y teniendo previsto según fuentes a las que hemos tenido acceso, querer ser tenedor de al menos 150 Mws en 3 años,  por gozar (claro está) el continente norteamericano de la necesaria seguridad jurídica y  de una tarifa estable. En cambio, el Sr. Galán para el sector fotovoltaico de su País de origen desea la inestabilidad regulatoria, la inseguridad jurídica, el cierre del tejido industrial fotovoltaico para de tal modo no resultar dañados sus interes de tarifa eólica, y eléctrica convencional. A estas alturas de la pelicula no nos creemos que el Sr. Galán desconozca qué es el deficit tarifario, cuándo surgió, y a qué se debe.

Tanto las Asociaciones (ASIF, APPA, AEF, y APREAN), los profesionales, como los portales de internet pro-fotovoltaicos, nos esforzamos día a día por hacer ver al ciudadano, al inversor, a las entidades financieras que la fotovoltaica en España tiene su curva de aprendizaje, y que no se ha de cuantificar como un gasto si no como una inversión ya que cada vez estamos más cerca del Grid Parity.

Para finalizar, es importante recordar los puntos más negativos del Informe de la CNE sobre la Propuesta de Real Decreto por el que se regulan y modifican determinados aspectos relativos al régimen especial,que ASIF en su día puso en conocimiento del Ministerio de Industria, con los que estamos totalmente de acuerdo.

Son los siguientes:

1.- Potencia contratada del inmueble superior en un 50% a la potencia fotovoltaica de la planta:

No es comprensible el interés del MITyC y de la CNE de poner fin a las instalaciones sobre parkings y elementos de sombreado por no tener consumo.

Sorprende que la CNE haga aún más gravosa la propuesta del Sr. Ministro de Industria, determinando que el consumo del interior del inmueble sea del 50 % en vez del ya temido 25 %.

Sorprende ver como puede llegar a cambiar el espíritu del legislador en tan escaso plazo, ya que en su Preámbulo o Exposición de motivos dejaba clara su postura en el fomento de estas instalaciones.

Frente a este apartado: Solicitar una vez más al Ministerio de Industria más estabilidad regulatoria, para posibilitar la inversión.

Como explica ASIF: "si tienes contratado como consumidor 5 kW, la CNE no quiere que pongas de FV más de 10 kW (el 50%), mientras que la Propuesta de RD dice que si  tienes 5kW contratados puedes poner hasta 20kW de FV (el 25%)".

2.- Potencia no asignada en los cupos:

ASIF ha manifestado al MITyC que la nueva regulación contemple que la potencia que no se haga de un cupo pase a los siguientes.

La Propuesta de Real Decreto, no permite esta circunstancia lo que, seún manifiesta ASIF, pondría en peligro, al menos los primeros años, el mercado anual de 500 MW al que aspiramos como una de nuestros objetivos clave.

3.- Retroactividad a partir del año 26 para las instalaciones fotovoltaicas acogidas al Real Decreto 661/2007:

Aunque muchos digan que esta medida propuesta por el MITyC no perjudicará al sector en el futuro, hemos de afirmar que no deja de ser una medida retroactiva, imposible de acogerse o de aceptarse en el marco regulatorio fotovoltaico del que se solicita estabilidad. ¿Para qué sirven entonces las Due Diligence, los estudios de mercado y viabilidad, los informes de los abogados, si todo es cambiable y modificable al más puro antojo?

Respecto a este apartado ASIF denuncia que la CNE "se decanta por suprimir la tarifa FV a partir de los 26 años de vida de la central, da por buena la dura reducción de tarifas futuras que propone el Ministerio, sin esperar al año 2012 para reducirlas",  fecha esta en la que podría producirse una revisión.

En idéntico sentido, ASIF continúa en la justa critica señalando que "se habla, en los votos particulares, de rentabilidades y producciones en el 2009 superiores a las esperadas y por tanto se justifican posibles actuación retroactivas adicionales con perjuicio económico, como sería un recorte de horas."
"Así pues, la CNE no ha desatado el nudo gordiano posicionándose unánime y claramente que no puede haber medidas retroactivas con perjuicio económico para los inversores, que es lo que esperábamos. El Informe de la CNE no ayuda a vislumbrar una salida satisfactoria en este tema".

 4.- Las instalaciones sobre Suelo que no entren en el PREFO.

ASIF no desea que se abra la opción de subastas a sobre cerrado para adjudicar toda la potencia de suelo, por beneficiar a unos pocos frente al resto. Los profesionales fotovoltaicos no desean que se creen oligopolios y reclaman igualdad de derechos para proyectar sus plantas. Esta medida, si finalmente se toma creará graves perjuicios en las pymes, impidiéndoles poder competir en el mercado. 

5.- Repotenciaciones:

Es clara la queja de que que se sobreestime, en un voto particular, las ampliaciones de potencia pico que haya podido haber hasta el momento y postular que son ampliaciones fraudulentas.

6.- Invernaderos fotovoltaicos:

Sorprende conocer que por parte del MITyC y de la CNE las instalaciones sobre invernaderos sean consideradas como suelo, y no como lo que realmente son: cubierta.

7. Normativa reactiva:

Se solicita que se den compensaciones económicas por adaptación de las instalaciones existentes a la nueva normativa de reactiva, huecos de tensión y centros de control.

8.- Único punto de red:

La CNE en su Informe no desea clarificar lo que es "un único punto de la red".

9.- Plantas fotovoltaicas experimentales:

Se solicita la no discriminación de las instalaciones fotovoltaicas experimentales.

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