El Consejo de la CNE, aprueba la remisión, para trámite del Consejo Consultivo de Electricidad, de la “Propuesta de Circular por la que se establece la metodología para el cálculo de los peajes de transporte y distribución de electricidad”.
El Real Decreto-ley 13/2012 incluye, entre las funciones de la CNE, la realización de la metodología para el cálculo de la parte de los peajes de acceso a las redes de electricidad correspondientes a los costes de transporte y distribución, de acuerdo con el marco tarifario y retributivo establecido en la Ley 54/1997 y en su normativa de desarrollo. A estos efectos, se entenderá como metodología de cálculo de los peajes la asignación eficiente de dichos costes a los consumidores y a los generadores, y se establecerá dicha metodología mediante Circular, previo trámite de audiencia y siguiendo criterios de eficiencia económica, transparencia, objetividad y no discriminación.
El objeto de la propuesta de circular es la definición de la metodología citada anteriormente. La metodología definida en la propuesta recoge unas reglas explícitas para asignar los costes del transporte y distribución. En particular, la asignación de estos costes, según el principio de causalidad de los costes de redes, se realiza teniendo en cuenta que la principal variable inductora de coste de las redes es la potencia en punta. Asimismo, se imputan los costes de las redes de transporte y distribución que utilizan para su suministro a los distintos grupos tarifarios. Por último, se diferencian los términos de facturación de los peajes de transporte y distribución en función de los distintos periodos horarios, incentivando el uso de redes en periodos donde la saturación de redes es menor y desincentivando el uso en periodos horarios de mayor demanda donde la probabilidad de saturación de las redes es más elevada.
En relación con la diferenciación de precios por periodos horarios, esta Comisión considera esencial la correspondencia entre la discriminación horaria de los peajes y la evolución de demanda del sistema como medida de gestión de la demanda, porque los distintos periodos horarios son la base para establecer distintos precios en los peajes de transporte y distribución y, por tanto, también de los peajes de acceso. En este sentido, los periodos horarios establecidos deben ser consistentes con la caracterización de la demanda, a efectos de proporcionar señales correctas de precios a los consumidores por su impacto sobre los costes de las redes.
En consecuencia, se somete a la opinión de los miembros del Consejo Consultivo de Electricidad la propuesta de revisión de periodos horarios del Operador del Sistema, solicitada por la CNE. Dicha propuesta de revisión de calendarios será remitida al MINETUR para la modificación, en su caso, de los calendarios establecidos para los peajes de acceso vigentes en la Orden ITC/2794/2007.
El consumidor conocerá de forma transparente la determinación de sus peajes de transporte y distribución, y cuánto supone en su factura total de electricidad el coste de las redes. En consecuencia, podrá modificar las potencias contratadas y adaptar su suministro a las señales de precios que establece la metodología.
La propuesta de Circular enviada para trámite del Consejo Consultivo de Electricidad se presenta tras la realización por la CNE de una consulta pública sobre la “Metodología de asignación de costes a los peajes de acceso eléctricos”, así como de un análisis de las respuestas enviadas por los agentes.
Además de la asignación realizada de los costes de transporte y distribución en la presente propuesta, quedaría pendiente fijar los criterios asignativos del resto de costes incluidos en los peajes de acceso (cuotas, coste de interrumpibilidad, anualidades de déficit y primas de régimen especial). La CNE remitirá propuesta normativa al MINETUR sobre los criterios para asignar dichos costes para configurar los peajes de acceso.
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