La prohibición absoluta e incondicionada de la técnica de la fractura hidráulica en todo el territorio de la Comunidad, contradice de manera radical e insalvable la legislación básica estatal que autoriza la mencionada técnica.
La Sentencia del Tribunal Constitucional publicada el pasado sábado 16 de Agosto en el BOE declara la inconstitucionalidad y consiguiente nulidad de la Ley de La Rioja 7/2013, de 21 de junio, por la que se regula la prohibición en el territorio de la Comunidad Autónoma de La Rioja de la técnica de fractura hidráulica como técnica de investigación y extracción de gas no convencional.
Recordamos que el recurso de inconstitucionalidad fue interpuesto hace menos de cinco meses por el Presidente Rajoy y que los componentes de dicho Tribunal Constitucional son elegidos por el Poder Político.
Instamos a los líderes de la UE a que sigan apoyando el diseño fundamental de los mercados de electricidad y carbono de la UE.
En referencia al aumento de la producción de petróleo en 206.000 barriles diarios a partir de abril en respuesta a la escalada del conflicto en Oriente Medio, incluida la interrupción del suministro de petróleo y gas en el estrecho de Ormuz.