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¿Qué futuro le espera a la energía solar fotovoltaica en México en el Año 2.010?

7-1-10. Carlos Mateu
jueves, 7 enero 2010.
Carlos Mateu
¿Qué futuro le espera a la energía solar fotovoltaica en México en el Año 2.010?
En este año 2010 se sustituirá el modelo de contrato de interconexión para fuente de energía solar en pequeña escala por el modelo de contrato de interconexión para fuente de energía renovable o sistema de cogeneración en pequeña escala.

Con ocasión de la publicación de la LAERFTE, el 20 de agosto se publicaron en el DOF las directrices a que se sujetarán los modelos de contrato entre los Suministradores y los Generadores que utilicen energías renovables.
Con este instrumento se pretende dar mayor transparencia a los modelos de contrato que proponga la CFE a la Comisión con el fin de mantener la relación con los  generadores privados. Asimismo, se le da a estos últimos certidumbre en cuanto a los elementos que con-tendrán dichos contratos y que ayudan a establecer la confianza en sus relaciones bilaterales.
Por otra parte, el 2 de septiembre de 2009 se publicó el Reglamento de la Ley para el Aprovechamiento de las Energías Renovables y el Financiamiento de la Transición Energética. Con esto, a la CRE se le asignan tareas espe-cíficas que tienen como objetivo la promoción de las energías renovables y se establecen una serie de ele-mentos que brindan seguridad a los desarrolladores de proyectos privados con el fin de aprovechar de mejor ma-nera los recursos renovables del país.
Dentro de las obligaciones que tiene la Comisión, derivado de la publicación del Reglamento de la LAERFTE, es-tán las siguientes:
• Establecer las metodologías para el cálculo de las contraprestaciones por los servicios que se presten entre sí el Suministrador y los generadores renova-bles o cogeneradores eficientes.
• Expedir directivas y metodologías para el cálculo de las contraprestaciones y las directrices a que se suje-tarán los modelos de contrato para proyectos de pe-queña producción y producción independiente de energía.
• Expedir criterios, metodologías y directrices a que se sujetarán los modelos de contrato, procedimientos de intercambio de energía y sus correspondientes sistemas de compensaciones, para proyectos de autoabastecmiento con energías renovables y para proyectos de cogeneración eficiente.
• Expedir metodologías para determinar la aportación al Sistema Eléctrico Nacional de capacidad de gene-ración de las distintas tecnologías.
• Expedir las Reglas Generales de interconexión al Sis-tema Eléctrico Nacional atendiendo los requerimien-tos planteados por el suministrador y escuchando la opinión de los generadores renovables y cogenera-dores eficientes.
• Expedir los lineamientos y mecanismos para promover el desarrollo de las actividades de generación reno-vable y de cogeneración eficiente.
• Expedir los lineamientos para las licitaciones para proyectos de generación renovable y de cogenera-ción eficiente.
• Requerir a la Comisión Federal de Electricidad, la re-visión y, en su caso, la adecuación de las reglas de despacho aplicables a la generación renovable y a la cogeneración eficiente.
• Emitir disposiciones de carácter general para regular el acceso de nuevos proyectos de generación reno-vable y de cogeneración eficiente a la infraestructura de transmisión cuando ésta sea insuficiente.
Derivado de lo anterior, cabe destacar que el 22 diciembre de 2009 fue enviado a la Comisión Federal de Mejora Regulatoria el proyecto de Resolución por el que:
•  Se expedirá el modelo de contrato de interconexión para fuente de energía renovables o sistema de cogeneración en mediana escala, y
•  Se sustituirá el modelo de contrato de interconexión para fuente de energía solar en pequeña escala por el modelo de contrato de interconexión para fuente de energía renovable o sistema de cogeneración en pequeña escala.
Los contratos en pequeña y mediana escala se funda-mentan en el concepto denominado net metering, que permite realizar una medición neta entre la energía eléc-trica renovable entregada por el Generador al Suministrador, así como recibir energía eléctrica del Suministrador cuando no se dispone de la energía renovable.

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