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ANPER denunciada por presuntas irregularidades legales.

4-10-10. Redacción
lunes, 4 octubre 2010.
Redacción
ANPER denunciada por presuntas irregularidades legales.
El ex-secretario de ANPER, D. Gerardo Rojo, en la Primera Asamblea de Socios fue literalmente «zarandeado» cuando iba a denunciar ante los socios las numerosas irregularidades observadas en la Junta Directiva.

Este sábado pasado día 2 de octubre, conforme estaba previsto, se celebró la Asamblea General de Socios de ANPER, a la que asistieron entre 15 y 20 asociados, y 4 azafatas, según nos ha manifestado su ex-Secretario D. Gerardo Rojo. A la Asamblea no acudieron tampoco ninguno de los tres vocales.

Nos dirigimos a D. Gerardo Rojo como ex-secretario, ya que nada más iniciarse la Asamblea, tomó la palabra éste para informar a los asistentes de su deseo de no querer continuar en la Junta Directiva de la Asociación debido a una serie de comportamientos fraudulentos e irregulares observados en el seno de su Junta Directiva, en las personas de su Presidente (Justo Montero), Vicepresidente (Rocio Hortigüela) y Tesorero (Lluis Calatayud).

Al conocer la Junta Directiva, formada por Presidente, Vicepresidente y Secretario, los hechos que publicamente les iba a imputar D. Gerardo Rojo, como Secretario de su Junta Directiva,  permitieron que tres nuevos miembros (Delegados zonales de ANPER) tras entregarle un micrófono "se avalanzaran" literalmente sobre D. Gerardo Rojo, arrebatándole el micrófono e impidiéndole comunicar a los asistentes los motivos de su dimisión y manifestar las irregularidades observadas durante su cargo en la Junta Directiva.

El Sr. Gerardo Rojo, tras ser privado de su derechos en la Junta Directiva e impedírsele el ejercicio de su Libertad de expresión ha querido hacer públicas las razones, motivos e irregularidades para desvincularse de la Junta Directiva de ANPER, siguientes:

1.- Respecto de las cuotas abonadas hasta la fecha por los socios de ANPER:

El ex-secretario de la Junta Directiva, D. Gerardo Rojo, denuncia:

"La  no presentación de un presupuesto y aprobación de cuentas con la relación de los gastos para aprobarlo por la Asamblea, que es soberana en esas materias, según recogen los estatutos."

Esta primera crítica tiene relación con la supresión del derecho que el asociado de ANPER ostenta, de conformidad con el artículo 21 de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación. de conocer el estado de cuentas y el desarrollo de su actividad. La Junta Directiva, para cualquier gasto que decida hacer en nombre de ANPER ha de contar con el beneplácito de sus asociados. En este sentido la Junta Directiva de ANPER no está legitimada en modo alguno para gastarse las cuotas de los asociados en gasolina, viajes, comidas, anuncios de prensa que no han sido admitidos por la Asamblea de socios. Corresponde a los socios de ANPER decidir a qué conceptos y partidas desean destinar los ingresos de la Asociación. Por tanto se entiende infringido este derecho del asociado, y su derecho de voto, por expreso deseo de la Junta Directiva.

2.-  Respecto de la Junta Directiva de ANPER:

D. Gerardo Rojo denuncia "La falta de objetividad y transparencia en las actuaciones del Presidente, del Tesorero, de la Vicepresidenta al formular el Orden del Día de la Asamblea General Extraordinaria, y al ocultárseme conversaciones y acciones para menoscabar nuestra presencia en medios de comunicación de Internet."

Asimismo denuncia "La forma y fondo de proponer unos nuevos estatutos, con modificación de las competencias de la Presidencia, con un sentido de elecciones a dedo por los miembros de la Junta Directiva en el que cabe cualquier intención de futuras acciones."

En relación a este punto, D. Gerardo denuncia "La propuesta de candidatura única y cerrada, conculcando los derechos de los socios, según manifiesta un correo electrónico del 29 de septiembre en el que adjunta los estatutos con las incorporaciones del consenso de las enmiendas que se han presentado (¿no procede que éstas sean públicas por quien las realiza en la Asamblea?)

En cuanto a la Falta de transparencia de la Junta Directiva, el ex-secretario quiere comunicar a los asociados de ANPER que: "Mis exigencias ante mi asociación y Junta Diectiva son, la trasparencia en las actuaciones ante los organismos públicos, la transparencia en la representación asamblearia, transparencia en la gestion administrativa y económica, el vínculo altruista en la representación como miembros de la Junta Directiva, que todas las acciones de mejora del funcionamiento y gobierno de la asociación sean bajo los articulados de los estatutos, no es de recibo que a los cuatro meses de constituirse la asociación, se imponga la sustitución de los articulados de los mismos, cuando esto sucede hay que disolver y refundar con la moyoria de los asociados, no con unos 20 socios (aunque con representaciones no cuantificadas ni nominadas por el Presidente ante la asamblea."

En relación a este último apartado señalar que:

- corresponde a la Asamblea de Socios el nombramiento de nueva Junta Directiva. En consecuencia: NO corresponde a la Junta Directiva, nombrar la nueva Junta Directiva. Este apartado es básico en la Ley de Asociaciones.

- la modificación de los Estatutos que pretende ahora la Junta Directiva de ANPER, respecto a los elaborados por Promein Abogados y Suelo Solar son dos:
a) que los cargos de la Junta Directiva ahora sean retribuídos.
b) nombrar Delegados zonales, como si de autonomías politicas ANPER se tratase.

Sobre estos apartados, recordar a los Socios de ANPER el derecho que ostentan de conformidad con el artículo 21 d, de la citada Ley de Asociaciones de impugnar los acuerdos de los órganos de la asociación que estime contrarios a la ley o a los Estatutos.

De conformidad con el artículo 16 de la Ley de Asociaciones, "Modificación de los Estatutos" señalar que: "La modificación de los Estatutos que afecte al contenido previsto en el artículo 7 requerirá acuerdo adoptado por la Asamblea General convocada específicamente con tal objeto, deberá ser objeto de inscripción en el plazo de un mes y sólo producirá efectos, tanto para los asociados como para los terceros, desde que se haya procedido a su inscripción en el Registro de Asociaciones correspondiente, rigiendo para la misma el sentido del silencio previsto en el artículo 30.1 de la presente Ley".

Asimismo respecto del Quorum exigible para la Asamblea General de Socios el artículo 12 c señala: "La Asamblea General se constituirá válidamente, previa convocatoria efectuada quince días antes de la reunión, cuando concurran a ella, presentes o representados, un tercio de los asociados,...". El apartado d del citado artículo añade que: "Los acuerdos de la Asamblea General se adoptarán por mayoría simple de las personas presentes o representadas, cuando los votos afirmativos superen a los negativos. No obstante, requerirán mayoría cualificada de las personas presentes o representadas, que resultará cuando los votos afirmativos superen la mitad, los acuerdos relativos a disolución de la asociación, modificación de los Estatutos,..."

3.- Respecto a faltar a la Verdad sobre el número real de Socios de ANPER:

D. Gerardo Rojo en su escrito-denuncia explica a los asociados de ANPER que: "Es necesario trasladar a la opinión pública información veraz, si somos unos 340 socios en el momento de la asamblea (sin nominar) por qué se filtran informaciones de que somos unos 650 y 700 representados (vease noticiasdenavarra.com del 26 de septiembre), con qué interés…, esto es desacreditación y falsedad."

En este sentido, cabe afirmar que la Junta Directiva de ANPER vulneraría el artículo 21 b de la citada Ley de Asociaciones, concretamente el derecho del asociado a conocer la representación de la asociación.

Asimismo D. Gerardo Rojo, denuncia: " La ocultación de un listado de socios para generar el Libro Registro de los mismos (obligación del Secretario), y la no notificación documental a cada socio del título de socio."

4.- Respecto a la deficiente gestión de la Junta Directiva de ANPER:

En el escrito-denuncia, D. Gerardo, quiere comunicar a los socios que:

-"ANPER no es reconocida ante los órganos de las administraciones por una inadecuada gestión de su Junta Directiva"

- "ANPER no ha mantenido reuniones personales con otras Asociaciones (ASIF, APPA, ó AEF) , que el Secretario conozca, ó deba conocer y que éstas Asociaciones les representan ante el MITyC como "los perros de presa".

Estas dos acusaciones han sido de igual modo comunicadas de forma verbal, desde Suelo Solar, a la Junta Directiva, en reiteradas ocasiones, ya que ANPER se creó para estar presente en las reuniones ante el MITyC. Los que hemos creado ANPER no concebimos otro fin o sentido de ser de la misma. Es una verdadera lástima.

5.- Respecto a la falta de adecuación a la Ley de Protección de Datos:

En el escrito que nos remite D. Gerardo Rojo, en el que solicita la publicación de sus denuncias, nos explica que la Junta Directiva no se ha preocupado aún de adecuar su fichero de Asociados a la Ley de Protección de Datos.

Sobre este apartado señalar que el incumplimiento de esta obligación legal puede acarrear a ANPER sanciones dentro de la horquilla de 6.000 a 600.000 euros.

Recordemos que ANPER se constituyó gracias a Suelo Solar y en sus oficinas sitas en Madrid. La constitución fué libre y democrática, tras convocar a todos los productores interesados en ANPER a formar parte de su Junta Directiva, eligiendo los productores asistentes los cargos de la Junta Directiva y suscribiendo  los estatutos y el Acta fundacional de la Asociación, cuyos borradores les fueron entregados con anterioridad.

La Junta Directiva (sin haber realizado mérito alguno) halló la fortuna de encontrarse, en el momento de su constitución, con:

- una base de datos de más de 600 productores (nombre, apellidos, dirección, teléfono, e-mail) interesados en formar parte de ANPER, -gracias a la labor comunicativa de Suelo Solar -

- unos estatutos, y un acta fundacional, redactados por Promein Abogados, que tras su revisión fueron aceptados, firmados, e inscritos en el Ministerio del Interior.

- una página Web dinámica, con acceso restringido de socios y foro privado.

- su logotipo y el ya conocido y publicitado nombre.

Aún siendo los representantes de Suelo Solar, productores fotovoltaicos propietarios de plantas acogidas al Real Decreto 661/2007, se comunicó a los interesados en formar parte de su Junta Directiva su decisión de no formar parte de la misma para dotarla de total independencia de actuación, y se les advirtió de que se iba a ser crítico con la Asociación en el supuesto de que cometieran algún abuso en el ejercicio de su actuación en contra de los intereses de los productores fotovoltaicos.

Desde esa fecha en la que los componentes de la Junta Directiva tomaron las riendas de la Asociación se han ido sucediendo una serie de presuntas irregularidades tanto legales como de administración, que D. Gerardo Rojo quisó denunciar ante la Asamblea de Socios, sin éxito alguno.

A consultas recibidas por socios de ANPER relativas al destino que la Junta Directiva ha dado a los fondos ó ingresos de cuotas sin ser aprobadas por la Asamblea de Socios, en comidas, viajes, gastos de gasolina, anuncios de prensa, etc, la consultora legal Promein Abogados informa que pueden reclamar a su Junta Directiva el reintegro de lo abonado, por no haber sido aprobada por la Asamblea de socios en ningún momento.

D. Gerardo Rojo
D. Gerardo Rojo.
Ex-secretario de ANPER
Presidente de Energía Activa
Experto en Energías renovables con más de 20 años de experiencia, y varias patentes internacionales a su nombre.

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