¿Sabía que en Murcia se puede deducir el 10 por 100 de las inversiones realizadas en la ejecución de proyectos de instalación solar térmica, fotovoltaica y eólica?
Los contribuyentes residentes en la Región de Murcia pueden deducir el 10 por 100 de las inversiones realizadas en la ejecución de proyectos de instalación de los recursos energéticos procedentes de las siguientes fuentes de energías renovables: solar, térmica y fotovoltaica y eólica.
La base máxima de la deducción no puede exceder de 10.000 euros, siendo necesario que el importe comprobado del patrimonio del contribuyente, al finalizar el año, exceda del valor que arrojase su comprobación al comienzo del mismo, al menos en la cuantía de las inversiones realizadas.
Para poder aplicar la deducción la adquisición e instalación de los recursos energéticos renovables ha de realizarse en la vivienda que constituya o vaya a constituir la vivienda habitual del contribuyente, siendo necesario el reconocimiento previo de la Administración Regional sobre su procedencia.
NORMATIVA ESTUDIADA:
- Artículo 1 .Tres Ley 15 / 2002 , de 23 de diciembre de 2002 de la Región de Murcia (introducido por Ley 8/2004) .
- Artículo 1 .Tres Ley 12 / 2006 , de 27 de diciembre de 2006 , de la Región de Murcia .
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