Se limitan las horas equivalentes de funcionamiento con derecho a prima o prima equivalente de las instalaciones.
El Consejo de Ministros ha aprobado en su reunión de hoy un Real Decreto que regula el régimen de retribución de la producción de electricidad de las tecnologías eólica y solar termoeléctrica.
- Las primas a la eólica se reducen un 35% de aquí a 2012.
- Durante su primer año de funcionamiento, las instalaciones termosolares deberán acogerse obligatoriamente a la modalidad de tarifa regulada, sin posibilidad de elegir el régimen de prima.
- Con la finalidad de racionalizar el futuro desarrollo de ambas tecnologías y limitar su coste para el sistema, se limitan las horas de funcionamiento con derecho a prima o prima equivalente.
- La nueva normativa, que fue pactada con los sectores eólico y termosolar el pasado mes de julio, supondrá un ahorro para el sistema de 1.100 millones hasta 2013.
La nueva normativa, que fue pactada con ambos sectores el pasado mes de julio, tiene como principal objetivos conseguir ahorros en beneficio de los consumidores y compatibilizar los objetivos de fomento de las energías renovables con los de limitación de los costes de producción de la electricidad para garantizar la sostenibilidad del sistema eléctrico. El ahorro logrado con el Real Decreto aprobado hoy asciende a 1.100 millones hasta 2013.
La norma supone, asimismo, el refuerzo de la visibilidad y estabilidad de la regulación de estas tecnologías a futuro, garantizándose las primas y tarifas actuales del RD 661/2007 a partir de 2013 para las instalaciones en operación y para las incluidas en el pre-registro.
Energía eólica
Para las instalaciones de tecnología eólica acogidas al Real Decreto 661/2007, y aquéllas de potencia superior a 50 MW vinculadas a las de régimen especial, para el periodo comprendido entre la fecha de entrada en vigor del presente real decreto y el 31 de diciembre de 2012, se reducen las primas en un 35%.
Desde el 1 de enero de 2013, estas instalaciones recuperarán los valores de las primas, ya que les serán de aplicación las primas fijadas en la Orden ITC/3519/2009, por la que se revisan las tarifas y primas de las instalaciones del régimen especial.
Energía Termosolar
Se estipula la obligatoriedad de funcionamiento de las instalaciones de tecnología solar termoeléctrica en la opción de tarifa regulada durante su primer año de funcionamiento (es decir, se las excluye de la opción de someterse al régimen de prima)
Asimismo, se ha acordado el retraso en la entrada en operación de las plantas termosolares con respecto a la fecha prevista en la ordenación de los proyectos presentados al pre-registro del Real Decreto-ley 6/2009, lo que provocará un ahorro para el sistema por diferimiento de coste que se estiman en lo siguiente:
Reducción de horas
Tanto para la producción de energía eólica como para la termosolar se limitan las horas equivalentes de funcionamiento con derecho a prima o prima equivalente de las instalaciones, teniendo en cuenta las especificidades de las diferentes tecnologías y lo previsto en el Plan de Energías Renovables 2005-2010 para el cálculo de las rentabilidades de las instalaciones.
Esta disposición no compromete la rentabilidad de las instalaciones existentes y se concibe como una medida racionalizadora del futuro desarrollo de estas tecnologías y también contribuirá a generar ahorros para el sistema eléctrico. Con la aplicación de un límite a las horas con derecho a primas se garantizará que la producción renovable por encima de lo esperada revierte en beneficio de los consumidores.
Sistema canario
Dadas las características singulares del Sistema Eléctrico Canario, se ha considerado oportuno establecer un objetivo de potencia de 600 MW para esta Comunidad Autónoma. El régimen económico aplicable será el de tarifa regulada.
Puesto que la energía eólica desplazará a otras energías convencionales, que en Canarias, por su situación, tienen un mayor coste, el ahorro global estimado en los PGE, que financian este capítulo, es de 31,2 M€ a corto plazo (ascendiendo a 89,6 M€ al finalizar)
Protermosolar valora positivamente la aprobación por el Consejo de Ministros del Real Decreto que regula el régimen de retribución de la producción de electricidad a través de energía solar termoeléctrica.