Se amplia el abanico de actuaciones subvencionables a sistemas de aprovechamiento térmico y de generación eléctrica: energía solar térmica, energía solar fotovoltaica, minieólica, biomasa, geotermia, y minihidráulica.
El Plan de Promoción y Desarrollo de las Energías Renovables en Álava (2010-2020), aprobado por Acuerdo del Consejo de Diputados número 410 de 23 de junio de 2009 y posteriormente por las Juntas Generales de Álava el 19 de octubre de 2009, contempla dentro de sus programas de acción el potenciar acciones que contribuyen al ahorro y la eficiencia energéticos así como al impulso a la implantación y aprovechamiento de las energías renovables, particularmente las referidas a recursos endógenos. El plan incide de manera especial en el sector público. Esa incidencia especial se enmarca en el papel ejemplarizante que debe ejercer la administración y en la obligación de integrar la sostenibilidad energética en las políticas públicas, aspectos exigidos por la normativa europea, en particular la Directiva 2012/27/UE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012, relativa a la eficiencia energética; y también se alinea con lo establecido en la Directiva 2014/94/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de octubre de 2014, relativa a la implantación de una infraestructura para los combustibles alternativos. En ese marco, la Diputación Foral de Álava ha mantenido en los últimos ejercicios una línea de ayudas a municipios y concejos dirigida a promover la gestión energética eficiente de instalaciones, edificios y equipamientos públicos, así como al fomento del aprovechamiento energético de la biomasa. La experiencia obtenida en la gestión de esa línea de ayudas en convocatorias anteriores, el elevado número de peticiones recibidas en cada convocatoria, así como la asunción por la Diputación Foral de Álava de nuevas estrategias de sostenibilidad adoptadas en el ámbito foral, autonómico y europeo, aconsejan introducir ciertas modificaciones en las bases reguladoras de esas ayudas. A tal efecto se ha tramitado recientemente el oportuno procedimiento, y tras su culminación, ha sido aprobada la Orden Foral 98/2018 de 8 de marzo que aprueba el proyecto de Decreto Foral del Consejo de Gobierno Foral de “bases reguladoras de una línea de subvención dirigida al impulso de acciones de sostenibilidad energética”. Las modificaciones más destacadas contempladas en la nueva línea de subvenciones son las siguientes:
1. Ampliar el abanico de actuaciones subvencionables a:
• Sistemas de aprovechamiento térmico y de generación eléctrica: energía solar térmica, energía solar fotovoltaica, minieólica, biomasa, geotermia, y minihidráulica.
• Movilidad eléctrica. Así, las actuaciones subvencionables serán las siguientes:
Tipo 1. Elaboración de inventarios energéticos de edificios y equipamientos, parque móvil e instalaciones de alumbrado público, control de consumos, auditorías energéticas, certificados de eficiencia energética, planes de actuación energética y planes de movilidad urbana.
Tipo 2. Equipos de monitorización, programación horaria, control remoto y otros medios similares destinados a adecuar la energía consumida a la demanda real.
Tipo 3. Equipamiento de iluminación solar.
Tipo 4. Instalaciones y equipamiento de aprovechamiento de energías renovables, incluyendo tanto sistemas de aprovechamiento térmico como de generación eléctrica: energía solar térmica, energía solar fotovoltaica, minieólica, biomasa, geotermia, y minihidráulica.
Tipo 5. Estudios de viabilidad y redacción de proyectos técnicos de instalaciones para el aprovechamiento de la energía solar térmica, energía solar fotovoltaica, minieólica, biomasa, geotermia, y minihidráulica; así como de infraestructuras de recarga eléctrica para uso público.
Tipo 6. Instalación de puntos de recarga para vehículos eléctricos, incluidas bicicletas. Los puntos de recarga estarán destinados al uso público o al servicio de la flota propia de la entidad beneficiaria.
Tipo 7. Adquisición de vehículos eléctricos para flotas de uso y titularidad de las entidades públicas.
2. Modificar los topes de importes máximos y porcentajes máximos subvencionables.
3. Simplificar la tramitación administrativa dejando de requerir documentos que se han revelado poco eficientes para garantizar la correcta gestión de las ayudas, como el compromiso de ejecutar acciones que permitan un ahorro del 10 por ciento.
4. Clarificar y trasladar a las bases ciertas regulaciones que se solían incluir en cada convocatoria, en concreto las siguientes:
• El importe disponible para el conjunto de los tipos de actuación se repartirá entre cada uno de esos tipos de forma proporcional al importe del conjunto de subvenciones que hubieran correspondido a cada tipo, según las solicitudes presentadas y los porcentajes y cuantías máximas de aplicación.
• El reparto por anualidades de las ayudas se hará en función de la programación de gasto que propongan las entidades en sus solicitudes, y teniendo en cuenta la consignación global. Durante la tramitación, se podrán reasignar las anualidades de las subvenciones concedidas, para adaptarlas al ritmo real de ejecución de gasto que acrediten las entidades beneficiarias.
En el anexo I se adjuntan las nuevas bases una vez han sido introducidos todos los cambios que se proponen.
También se propone aprobar la convocatoria de la línea de ayudas para las anualidades 2018-2019. La dotación global de dichas ayudas correspondiente al período 2018-2019 será de 181.810,00 euros, con cargo a la partida presupuestaria 60205.6400.7620002 “Eficiencia y Gestión Energética”, del presupuesto de la Diputación Foral de Álava para el ejercicio 2018, distribuidos en 31.810,00 euros para la anualidad 2018 y 150.000,00 euros para la de 2019.
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