Suelosolar y la CNE han elaborado una Comparativa de las ofertas de electricidad para los consumidores domésticos, de acuerdo con la información obtenida de las ofertas publlicadas en las páginas web de las comercializadoras.
La elaboración se ha efectuado en el ámbito de la actividad de Supervisión del Mercado Minorista de electricidad.
La Comisión Nacional de Energía, en el ámbito de las actividades de supervisión del mercado minorista, realizadas por las Direcciones de Energía Eléctrica y de Gas, ha considerado oportuno la realización de un análisis de las ofertas de suministro de electricidad que las empresas comercializadoras están ofreciendo en la actualidad a los consumidores españoles del segmento domestico residencial.
Ver aquí comparativa on line de Suelosolar.
Ver aquí comparativa en pdf de CNE
El objetivo del estudio es facilitar al consumidor la comparación entre las ofertas de electricidad, para que pueda elegir la oferta que mejor se adapte a sus necesidades de consumo.
El momento es oportuno en la medida que los consumidores españoles están siendo afectados por cambios regulatorios de relevancia en un escenario de mercados liberalizados, tal como propugnan las Leyes sectoriales, Ley 17/2007, de 4 de julio, por la que se modifica la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, para adaptarla a lo dispuesto en la Directiva 2003/54/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de junio de 2003, sobre normas comunes para el mercado interior de la electricidad y la Ley 12/2007, de 2 de julio, por la que se modifica la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos, con el fin de adaptarla a lo dispuesto en la Directiva 2003/55/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de junio de 2003, sobre normas comunes para el mercado interior del gas natural.
Según lo establecido en estas disposiciones legales, la actividad de distribución queda asignada a agentes que tienen como objeto social exclusivo el diseño, construcción, operación y mantenimiento de las redes de distribución, y todos los consumidores tanto de gas como de electricidad han pasado a ser suministrados a través de una empresa comercializadora.
Como medida de protección al consumidor, la regulación establece una tarifa de último recurso tanto para el sector de electricidad.
Así en el sector de la electricidad, a partir del 1 de julio de 2009, tienen derecho a acogerse a la Tarifa de último recurso los consumidores conectados a redes de baja tensión con potencia contratada menor o igual a 10 kW.
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