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Publicamos dos sentencias del Tribunal Supremo que establecen que las Eléctricas deben sufragar el déficit de tarifa.

20-12-13. Carlos Mateu
viernes, 20 diciembre 2013.
Carlos Mateu
Publicamos dos sentencias del Tribunal Supremo que establecen que las Eléctricas deben sufragar el déficit de tarifa.
Dos sentencias del Tribunal Supremo desestiman los recursos de las Grandes Eléctricas frente a la Audiencia Nacional, confirmando que son las obligados de financiar el déficit de tarifa.

Por sentencias de la Sala Tercera del Tribunal Supremo de 18 y 27 de noviembre de 2013 y han sido desestimado los recursos presentados por las Grandes eléctricas ante la Audiencia Nacional respecto a su obligación de contribuir con el déficit de tarifa de conformidad y por mandato imperativo de la Orden de Peajes, y demás normativa existente tras decisiones del Consejo de Ministros, que como todos conocemos les obliga a financiar junto con las productoras de energías renovables el gran agujero eléctrico que asciende a los 27.000 millones y medio de euros.

Así, por sentencia de 18 de noviembre de 2013 se establece que:
 -La disposición adicional vigésima primera de la Ley 54/1997 no vulnera el artículo 14 de la Constitución.
- La imposición de la obligación de financiar el déficit de tarifa a las Grandes Eléctricas en ese precepto está justificada.
- No es término válido de comparación la obligación de financiar el bono social ni, por tanto, es aplicable la solución seguida por la  sentencia de la Sección Tercera de 7 de febrero de 2012 (recurso 419/2010).

De este modo, el Tribunal Supremo desestima el interés de las Grandes Eléctricas de que las energías renovables sean las que financien este injusto déficit de tarifa.

De los cuarenta Magistrados del Alto Tribunal Supremo solo se opusieron dos de ellos a este interesantísima resolución judicial, y según nos informaron no se han anunciado votos particulares al fallo. Los argumentos principales de la deliberación son los siguientes:

- Las grandes Eléctricas han tenido ingresos millonarios gracias a la estructuras efectuadas en el régimen anterior, por lo que se las obliga ahora a compensar este déficit.

- "la aportación que se les exige consiste en un adelanto de determinadas cantidades para financiar los desajustes en las liquidaciones de las actividades reguladas del sistema eléctrico del que forman parte esencial", por lo que, "en la medida en que cooperan para alcanzar ese objetivo, también actúan en su propio provecho".

- "La razón por la que se ha impuesto la obligación debatida a unos grupos de empresas y no a otros (...) es sencillamente la de que son las principales del sector eléctrico. O sea, la misma que justificó en su momento que se les reconociera el derecho a percibir la compensación por los CTC -costes de transición a la competencia-". "Las empresas concernidas no sólo son sus principales protagonistas sino que, además, representan su práctica totalidad"

"las empresas concernidas no sólo son sus principales protagonistas sino que, además, representan su práctica totalidad".

Cinco grandes empresas deben asumir en solitario el déficit de tarifa,Empresas Sector Energía. Expansión.com
"las empresas concernidas no sólo son sus principales protagonistas sino que, además, representan su práctica totalidad".

Cinco grandes empresas deben asumir en solitario el déficit de tarifa,Empresas Sector Energía. Expansión.com

Parece ser que el Tribunal Supremo, a diferencia del Ministerio de Industria, opina al igual que la Comisión Nacional de Energía: Las energías renovables no son las culpables del déficit de tarifa ni tampoco de la muerte de Manolete.
 

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