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El Gobierno aumenta la competencia en los sistemas eléctricos insulares y extrapeninsulares.

15-3-13. Carlos Mateu
viernes, 15 marzo 2013.
Carlos Mateu
El Gobierno aumenta la competencia en los sistemas eléctricos insulares y extrapeninsulares.
El Consejo de Ministros ha aprobado el Proyecto de Ley de Garantía de Suministro e Incremento de la Competencia de los sistemas eléctricos insulares y extrapeninsulares.

- El proyecto busca garantizar el suministro de energía eléctrica y su calidad.

- Entre las medidas, se impulsará la instalación de nueva generación más eficiente y la entrada de nuevos operadores.

- Además de estas medidas, se fija la obligación de que los proyectos de extracción de hidrocarburos que requieran la utilización de técnicas de fracturación hidráulica estén sometidos a Evaluación de Impacto Ambiental.


El Consejo de Ministros ha aprobado hoy, para su remisión a las Cortes, el Proyecto de Ley de Garantía de Suministro e Incremento de la Competencia de los sistemas eléctricos insulares y extrapeninsulares (SEIE).

Por su singularidad, los sistemas insulares y extrapeninsulares son objeto de una regulación específica, con el doble objetivo de garantizar el suministro de energía eléctrica y su calidad al menor coste posible.

Por razones de cohesión territorial y siguiendo el principio de tarifa única en todo el territorio nacional, los mayores costes del suministro eléctrico en los sistemas insulares y extrapeninsulares son socializados entre todos los consumidores y considerados un coste permanente del sistema eléctrico. Para que este sobrecoste sea lo menor posible, resulta necesario incrementar la competencia y la eficiencia en estos sistemas.

El proyecto de Ley pretende sentar las bases para el desarrollo de los nuevos regímenes retributivos, así como el refuerzo de las herramientas de actuación por parte de la Administración ante situaciones de riesgo.

El Proyecto de Ley incluye las siguientes medidas:

1)    Parque de generación más eficiente
El objetivo de esta medida es posibilitar la introducción paulatina de nueva generación en los SEIE que vaya desplazando a generación ineficiente, de manera que se logre el abaratamiento del coste de generación. Para ello, se permitirá nuevas instalaciones en zonas donde se supera el índice de cobertura (ratio potencia disponible sobre demanda punta). Actualmente sólo se retribuyen los nuevos grupos cuando no se supera este índice de cobertura.

2)    Favorecer la entrada de nuevos operadores
Para favorecer la entrada de nuevos operadores en los SEIE e incrementar la competencia, no se podrá otorgar el régimen retributivo adicional o primado destinado a la actividad de producción a nuevas instalaciones, en estos sistemas, que sean titularidad de una empresa o grupo empresarial que posea un porcentaje de potencia de generación de energía eléctrica superior al 40% en ese sistema.

Se exceptúan de esta limitación las instalaciones que hayan sido adjudicatarias en concursos de renovables, las que dispongan de autorización administrativa o las que hayan sido inscritas en el registro de preasignación de retribución de régimen especial.

3)    Mecanismos retributivos para nuevas instalaciones
Se habilitará al Ministerio de Industria, Energía y Turismo para que establezca mecanismos retributivos para nuevas instalaciones de producción, con la finalidad de disminuir el coste de generación y para la introducción de señales económicas de ubicación para resolución de problemas de restricciones técnicas en determinados puntos de la red.

4) Resolución para tener derecho a retribución
Se establecerá la necesidad de una Resolución de compatibilidad de la Dirección General de Política Energética para tener derecho al régimen retributivo con carácter previo a la autorización administrativa, con el fin de compatibilizar los criterios medioambientales y de ordenación del territorio con criterios técnicos de necesidades del sistema y coste para el mismo. Este procedimiento no afectará a las instalaciones en funcionamiento.

5)    Optimización en el cálculo del coste del combustible
El coste del combustible, que supone más del 60% del coste de generación en los SEIE, se determinará mediante un mecanismo de concurrencia competitiva, según el Proyecto de Ley.

6)    Control por parte del Ministerio y el operador del sistema
Se habilitará a la Dirección General de Política Energética y Minas a minorar el concepto retributivo adicional destinado a la actividad de producción en el caso de que se produzca una reducción sustancial de la disponibilidad de las instalaciones, de la seguridad del suministro o de los índices de calidad.

Además, el operador del sistema dará órdenes de arranque a las instalaciones de generación en SEIE sobre las que existan indicios de que no se encuentran realmente disponibles y, en su caso, se suprimirá la retribución por garantía de potencia. Si la instalación no corrige sus deficiencias deberá solicitar la baja en el registro.

7)    Capacidad de actuación del Gobierno en casos de riesgo
Se reforzará la capacidad de actuación del Gobierno en los casos de riesgo para la seguridad de suministro, para lo que se modificará la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del sector eléctrico que establece que, en casos de riesgo elevado, el Gobierno puede realizar la operación directa de instalaciones de generación, transporte y distribución e intervenir una empresa.

En esta misma línea, se contempla que la Administración General del Estado podrá imponer las sanciones correspondientes cuando se produzcan infracciones muy graves que comprometan la seguridad de suministro.

8)    Titularidad de instalaciones de bombeo y plantas regasificación
Dada la importancia de las instalaciones de bombeo y plantas de regasificación en los SEIE para garantizar la seguridad de suministro, la titularidad de estos activos corresponderá al operador del sistema eléctrico y al gestor técnico del sistema gasista, respectivamente.

Control ambiental para la fractura hidráulica
Adicionalmente a estas medidas relativas a los sistemas insulares y extrapeninsulares, el Proyecto de Ley incluye medidas para reforzar el seguimiento y control de la investigación de recursos de hidrocarburos no convencionales. Con el objeto de evaluar los impactos sobre el medio ambiente de los proyectos que requieren la utilización de técnicas de fracturación hidráulica, se incluirá la obligación de someterlos al procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental. Además, se incluirá la técnica de fracturación hidráulica en el ámbito objetivo de la Ley 34/1998.
 

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