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¿Quién puede emitir certificados de eficiencia energética y como se puede dar de alta?

5-12-14. Carlos Mateu
viernes, 5 diciembre 2014.
Carlos Mateu
¿Quién puede emitir certificados de eficiencia energética y como se puede dar de alta?
El certificado de eficiencia energética es obligatorio desde el 1 de junio de 2013 para edificios y viviendas existentes, y dedesde el 1 de noviembre de 2007 para edificios de nueva construcción... ¿pero quién lo puede emitir?

Serán técnicos competentes a efectos del Real Decreto 235/2013, de 5 de abril, por el cual se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios a aquellos técnicos que estén en posesión de cualquiera de las titulaciones académicas y profesionales habilitants para la redacción de proyectos o dirección de obras y dirección de ejecución de obras de edificación o para la realización de proyectos de sus instalaciones térmicas, según el establecido en la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación, o para la suscripción de certificados de eficiencia energética, o haya acreditado la calificación profesional necesaria para suscribir certificados de eficiencia energética según se establezca mediante el orden prevista a la disposición adicional cuarta del propio RD 235/2013.

Técnicos ayudantes del proceso de certificación
Las titulaciones de formación profesional que capacitan para ser técnico ayudante del proceso de certificación son:

- Técnico Superior en Eficiencia Energética y Energía Solar Térmica
- Técnico Superior en Proyectos de Edificación.

¿Hay que estar colegiado?
De acuerdo con los artículos 37 y 38 de la Ley 7/2006, de 31 de mayo, del ejercicio de profesiones tituladas y de los colegios profesionales, la incorporación en el colegio profesional correspondiente es un requisito necesario para el ejercicio de las profesiones colegiadas, en los términos establecidos por la legislación vigente, a excepción del personal al servicio de las administraciones públicas de Cataluña, con respecto al ejercicio con carácter exclusivo de las funciones y las actividades propias de su profesión que ejercen por cuenta de aquéllas.

La inscripción al registro de certificadores se realizará a través de los Colegios Profesionales.

Cursos
No hay cursos específicos que habiliten para ser técnico competente en certificación. Se tiene que tener una titulación específica según lo que establece el RD 235/2013 art. 1.3.p

Darse de alta
El alta al registro de certificadorses se realizará mediante los colegios profesionales.

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