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ANESE celebra la aprobación del Sistema de Certificados de Ahorro Energético como una gran oportunidad para el desarrollo de las empresas de servicios energéticos

27-1-23. ANESE
viernes, 27 enero 2023.
ANESE
ANESE celebra la aprobación del Sistema de Certificados de Ahorro Energético como una gran oportunidad para el desarrollo de las empresas de servicios energéticos
Se contempla la creación de nuevas figuras (Sujeto Delegado, Coordinador Nacional, Gestor Autonómico y Verificador de Ahorro) y el desarrollo de procedimiento y herramientas (Registro Nacional de CAEs, contratos, etc.) asociados a este nuevo mercado

ANESE (Asociación Nacional de Empresas de Servicios Energéticos) acoge con grandes expectativas la llegada del Real Decreto 36/23 por el que se establece el “Sistema de Certificados de Ahorro Energético (CAEs)”. Y lo valora muy positivamente, constituyendo un importante pilar de desarrollo para el sector de la eficiencia energética, y, en consecuencia, una gran oportunidad para las empresas de servicios energéticos (ESEs).

Desde ANESE se considera que los CAEs van a contribuir a una mejora del rendimiento de las inversiones que se realicen en eficiencia energética e impulsarán la monetización de los ahorros energéticos conseguidos por los consumidores finales, tal y como sucede en otros países. En definitiva, los CAEs serán quienes acerquen la eficiencia energética a los consumidores finales y harán que estos se erijan en demandantes de más actuaciones y tecnologías de ahorro de energía, provocando así un efecto tractor.

La ESE como sujeto delegado

ANESE apuesta por este nuevo mecanismo, que pretende consolidar a las ESEs, quienes, en su mayoría, desarrollan actuaciones de eficiencia energética junto con los clientes finales en todos los sectores (industrial, terciario, público y residencial).

Dentro del Real Decreto cabe resaltar la figura del sujeto delegado (persona jurídica de naturaleza pública o privada que pueda asumir, total o parcialmente, la delegación de la obtención de nuevos ahorros anuales de energía de uno o varios sujetos obligados), como actor clave en la consecución de los objetivos para materializar y obtener los certificados de ahorro.

Además, el sujeto delegado es la única figura que podrá participar activamente en las futuras subastas de necesidades de ahorro energético que convoque la Secretaría de Estado de Energía, contempladas en la normativa (mercado específico donde se convocarán a los sujetos delegados para la obtención de ahorros energéticos en base a las necesidades del país).

Las ESEs desempeñan dichas funciones de manera habitual, por tanto, están preparadas para asumir la responsabilidad de fomentar las actuaciones de eficiencia y ahorro energético.

Según Carlos Ballesteros, Director General de ANESE, “desde nuestra Asociación estamos convencidos de que los Certificados de Ahorro Energético supondrán un impulso sin precedentes al mercado de la eficiencia energética. Para ello hay que dotar al sector privado, y a sus operadores económicos, de una regulación clara y certera a través de un marco transparente. Esto es, brindarles un mecanismo, por el cual puedan libremente, tomar las mejores decisiones sobre cuáles iniciativas son más rentables”.

Principales objetivos del Real Decreto 36/23

Los principales objetivos que persigue el Real Decreto 36/23 son:

  • Flexibilizar la forma en la que los sujetos obligados dan cumplimiento a sus obligaciones de ahorro de energía final, permitiendo que toda o parte de su obligación anual se pueda cumplir mediante la realización de actuaciones en materia de eficiencia energética (EE).
  • Posibilitar que los sujetos obligados puedan hacer frente a sus obligaciones en el marco del Sistema Nacional de Obligaciones de Eficiencia Energética (SNOEE) al menor coste posible.
  • Mejorar la eficiencia del SNOEE, facilitando el cumplimiento del objetivo nacional de ahorro de energía final.
  • Contabilizar los ahorros generados como consecuencia de actuaciones en materia de EE ejecutadas por entidades privadas, sean sujetos obligados del SNOEE o no.
  • Ofrecer la oportunidad a los consumidores finales de beneficiarse económicamente de las medidas de ahorro y eficiencia energética implantadas, no sólo por la disminución de los costes de su factura energética, sino también por la monetización de los ahorros energéticos conseguidos. Ello conllevará, además, un efecto dinamizador, pudiendo ser los propios consumidores finales los que demanden actuaciones en materia de EE.
  • Generar beneficios no energéticos derivados de las inversiones en EE en los territorios de las distintas CC. AA, como el impulso de un empleo cualificado, el desarrollo de un tejido empresarial ligado a la EE y la mejora de la productividad y la competitividad empresarial ligadas a los costes energéticos.
  • Ser un elemento catalizador de innovación en el sector de la EE, consolidando un sector atomizado e incrementando su eficiencia operativa.
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