Se valoran positivamente las medidas encaminadas a la automatización y control de las instalaciones por su potencial impacto en el ahorro energético; así como también existen cuestiones susceptibles de mejora.
La CNMC ha emitido un informe sobre el Proyecto de Real Decreto por el que se modifica parcialmente el Real Decreto 1027/2007, por el que se aprueba el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los edificios. El texto transpone normativa europea sobre eficiencia energética.
Las instalaciones térmicas son las instalaciones fijas de climatización (calefacción, refrigeración y ventilación) y de producción de agua caliente sanitaria, destinadas a atender la demanda de bienestar térmico e higiene de las personas. El RITE establece las exigencias de eficiencia energética y seguridad que deben cumplir las citadas instalaciones durante su diseño, ejecución, mantenimiento y uso, así como determina los procedimientos que permitan acreditar su cumplimiento.
Con carácter general y sin perjuicio de la valoración que debiera hacerse de la futura revisión íntegra del RITE, que se producirá a corto plazo, las medidas implementadas en favor de una mayor eficiencia energética de las instalaciones se valoran positivamente, por el impacto del sector de la edificación en el consumo de energía y las posibilidades de ahorro energético en este ámbito. Respecto a la futura revisión, se recuerda la conveniencia de que esta Comisión pueda realizar la valoración correspondiente en ejercicio igualmente de su función consultiva.
Adicionalmente, existen cuestiones susceptibles de mejora desde el punto de vista de competencia y regulación económica eficiente:
La alianza Rehabilitar el Futuro, que agrupa a los principales agentes del sector de la eficiencia energética, propone 20 medidas para promover la rehabilitación energética de edificios como motor para recuperación y lucha contra el cambio climático
La CNMC recomienda que la regulación de habilitación profesional de las figuras del técnico competente, técnico ayudante, auditor energético y proveedor de servicios energéticos no se vinculen a titulaciones concretas, sino a la capacitación técnica
Próxima entrada en vigor de del Real Decreto 732/2019, de 20 de diciembre, que se aplicará a partir del 28 de junio de 2020 más el número de días naturales de duración del estado de alarma.