Aprobado el RD por el que se regulan las ayudas para la adquisición de vehículos de energías alternativas en 2016.
- La finalidad de estas ayudas es fomentar el desarrollo de la movilidad de energías alternativas por su contribución a la mejora del sector del transporte, de la eficiencia energética, reducción de emisiones y respeto al medioambiente y una menor dependencia energética del exterior y del petróleo en nuestro país.
- Al mismo tiempo se busca con ello el desarrollo industrial de este sector en su triple vertiente de vehículos, componentes e infraestructura de recarga.
- Este Plan ve la luz en el contexto de la polémica actual en torno a las emisiones de los vehículos automóviles, en el convencimiento de que España debe apostar por una movilidad más sostenible que contribuirá a la mejora de la calidad del aire en nuestras ciudades y a la lucha contra el calentamiento global.
El Consejo de Ministros ha aprobado el â€Å“Plan de Impulso a la Movilidad con Vehículos de Energías Alternativas†MOVEA. El nuevo Real Decreto que regula la concesión directa de ayudas para la adquisición de vehículos de energías alternativas en 2016, dota a la iniciativa con 16,6 millones de euros, y unifica en un único programa las ayudas estatales existentes hasta el momento a la adquisición de vehículos de energías alternativas, instrumentadas en los Programas MOVELE y PIMA Aire. De esta manera se continúa con el impulso que, desde hace varios años, viene dando el Gobierno a este tipo de vehículos mediante subvenciones directas a su adquisición.
Los vehículos propulsados con energías alternativas a los combustibles fósiles tradicionales están llamados a formar parte de la movilidad sostenible en el transporte, tanto en las ciudades como en las carreteras. Ello es debido a sus beneficios en materia de diversificación energética y reducción de la dependencia del petróleo, así como por la reducción de emisiones de CO2 y de otras emisiones contaminantes y de efecto invernadero. Todo ello ayuda a mejorar la calidad del aire de nuestras ciudades y a disminuir la contaminación acústica y favoreciendo además el consumo de energías autóctonas, especialmente de fuentes renovables.
Oportunidad industrial
Los vehículos de energías alternativas se presentan también como una oportunidad desde el punto de vista industrial. Este Plan ayudará a la industria a posicionarse en una alternativa tecnológica clave y a incrementar su participación en la cadena de valor de nuevos componentes y módulos para producción de vehículos, infraestructuras de recarga e infraestructuras inteligentes de transporte. Ello permitirá a España mantener una posición destacada en la producción de vehículos para un nuevo mercado de modelos de turismos y vehículos comerciales ligeros de energías alternativas en las plantas españolas.
El Plan MOVEA fomenta exclusivamente la adquisición de vehículos de combustibles alternativos, (vehículos eléctricos, de gas licuado del petróleo (GLP/Autogás), de gas natural comprimido (GNC) y licuado (GNL), vehículos que se propulsen con pila de combustible de hidrógeno, motos eléctricas y bicicletas de pedaleo asistido por motor eléctrico), excluyendo los vehículos de combustibles tradicionales propulsados por gasolina y gasóleo.
Asimismo, y como novedad más importante, también se contempla la concesión de ayudas para la implantación de puntos de recarga rápida y semirrápida para vehículos eléctricos en zonas de acceso público.
Las ayudas se conceden para la adquisición de vehículos de energías alternativas nuevos matriculados por primera vez en España. Podrán beneficiarse de las ayudas, entre otros, las personas físicas, autónomos, empresas privadas, Entidades Locales y Comunidades Autónomas, siendo subvencionables los cuadriciclos, turismos, furgonetas, furgones, autocares, camiones, motocicletas y bicicletas eléctricas; la cuantía de las ayudas varía dependiendo del tipo de vehículo a adquirir y de la tecnología de propulsión.
Plazo solicitudes
Con carácter general las solicitudes se podrán realizar a partir del 1 de enero y hasta el 15 de octubre de 2016, aunque se podrán apoyar también las adquisiciones de vehículos realizadas en 2015 desde el día siguiente al de la publicación de este Real Decreto en el Boletín Oficial del Estado.
La cuantía de las ayudas varía en función de la categoría del vehículo (en el caso de los turismos y las motocicletas se establece además un límite de precio), del tipo de combustible utilizado, y, en algunos casos, de la masa máxima autorizada (MMTA) o de su autonomía en modo de funcionamiento exclusivamente eléctrico, en un rango que va desde los 200 euros para las bicicletas hasta los 20.000 euros de algunos vehículos de la categoría M3.
Se obliga al achatarramiento de un vehículo en el caso de las categorías furgones y camiones (N2 y N3) y autobuses y autocares (M2 y M3), de una antigüedad de matricula anterior al 2009. En el caso de turismos y furgonetas se incentiva el achatarramiento con 750 euros, sin ser obligatorio
Por otro lado, y para dar continuidad al actual Programa MOVELE 2015, el Real Decreto prevé también que las reservas que no hayan podido ser activadas a 31 de diciembre de 2015 por agotamiento del presupuesto de dicho programa serán transferidas al Plan MOVEA con cargo a su presupuesto, aunque deberán cumplir para ello las nuevas condiciones establecidas en el mismo.
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