¿Qué conceptos de los que determinan el importe total a percibir por el precio de la energía forman parte de la base imponible del impuesto sobre el valor de la producción de la energía eléctrica?
Consulta: El proximo mes de Noviembre como el año pasado nos toca si no me equivoco lidiar con el impuesto sobre el valor de la produccion. ¿correcto?
Estoy intentando estimar a cuanto va a subirme la broma éste año y me surge una duda sobre como calcularlo.
El año pasado no hubo problema, se calculo sobre lo que se facturó y punto, pero éste año me surgen dudas debido al famoso y asqueroso coeficiente de cobertura.
Los valores a tener en cuenta ¿son los que nos pagan efectivamente una vez aplicado dicho coeficiente ó es el total que recoge la liquidación sin aplicar dicho coeficiente (en cuyo caso la base para calcular el impuesto sería un 31,5% mayor)?
Muchas gracias de antemano por vuestra colaboración!
RESPUESTA DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE TRIBUTOS:
El nuevo récord de expansión de la capacidad instalada es de 5,7 GW, superando el hito de 2023, cuando se registraron 4,8 GW entre enero y junio.
El equipo técnico, conformado por los ministerio de Energía, Vivienda y la SEC, tiene como objetivo potenciar el desarrollo de la energía solar para el uso en el agua caliente sanitaria.