¿Qué conceptos de los que determinan el importe total a percibir por el precio de la energía forman parte de la base imponible del impuesto sobre el valor de la producción de la energía eléctrica?
Consulta: El proximo mes de Noviembre como el año pasado nos toca si no me equivoco lidiar con el impuesto sobre el valor de la produccion. ¿correcto?
Estoy intentando estimar a cuanto va a subirme la broma éste año y me surge una duda sobre como calcularlo.
El año pasado no hubo problema, se calculo sobre lo que se facturó y punto, pero éste año me surgen dudas debido al famoso y asqueroso coeficiente de cobertura.
Los valores a tener en cuenta ¿son los que nos pagan efectivamente una vez aplicado dicho coeficiente ó es el total que recoge la liquidación sin aplicar dicho coeficiente (en cuyo caso la base para calcular el impuesto sería un 31,5% mayor)?
Muchas gracias de antemano por vuestra colaboración!
RESPUESTA DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE TRIBUTOS:
Nos preocupa la actual agenda de transición energética que, lejos de responder a las actuales urgencias, profundiza en los mismos mecanismos que nos han llevado a esta crisis ecológica y social. El manifiesto está disponible en la web para firmar.
La nueva directiva, aprobada el 12 de marzo afecta a todos los Estados Miembros de la UE, que están obligados a incorporar sus disposiciones en sus respectivos ordenamientos jurídicos nacionales en un plazo máximo de 24 meses.