¿Qué conceptos de los que determinan el importe total a percibir por el precio de la energía forman parte de la base imponible del impuesto sobre el valor de la producción de la energía eléctrica?
Consulta: El proximo mes de Noviembre como el año pasado nos toca si no me equivoco lidiar con el impuesto sobre el valor de la produccion. ¿correcto?
Estoy intentando estimar a cuanto va a subirme la broma éste año y me surge una duda sobre como calcularlo.
El año pasado no hubo problema, se calculo sobre lo que se facturó y punto, pero éste año me surgen dudas debido al famoso y asqueroso coeficiente de cobertura.
Los valores a tener en cuenta ¿son los que nos pagan efectivamente una vez aplicado dicho coeficiente ó es el total que recoge la liquidación sin aplicar dicho coeficiente (en cuyo caso la base para calcular el impuesto sería un 31,5% mayor)?
Muchas gracias de antemano por vuestra colaboración!
RESPUESTA DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE TRIBUTOS:
UNEF reúne a MITECO, Red Eléctrica, analistas y empresas del sector en una concurrida jornada formativa para analizar los últimos cambios normativos del PO 7.4 para el control de tensión y del RD 997/2025, que impulsará la hibridación.
La asociación del sector fotovoltaico espera que el nuevo RD de autoconsumo, del que se espera el texto definitivo el próximo año, ayude a solventar los escollos administrativos actuales y proporcione incentivos adecuados para continuar su avance.