En este post os mostramos un resumen de novedades no relativas a la tramitación de estas normativas.
Dentro de las novedades que presentan el Real Decreto-Ley 15/2018 y el Real Decreto 244/2019 hemos de señalar las siguientes:
- Eliminación de la limitación de la potencia instalada a la contratada
- Balance de la energía excedentaria con el consumo.
- Mecanismo simplificado de compensación
- Posibilidad de autoconsumo compartido
- Revisión peajes
La energía autoconsumida de origen renovable, cogeneración o residuos estará exenta de todo tipo de cargos y peajes (excepto que salga a distribución o transporte en generación próxima).
Los excedentes de las instalaciones de generación asociadas al autoconsumo estarán sometidos al mismo tratamiento que la energía producida por el resto de las instalaciones de producción, al igual que los déficits de energía que los autoconsumidores adquieran a través de la red de transporte o distribución estarán sometidos al mismo tratamiento que los del resto de consumidores.
- Revisión del régimen sancionador: Se ajusta a una cuantía más proporcional, eliminado el carácter de “grave”.
- Modificación obligaciones de registros:
Tuerce el Derecho internacional, de nuevo, las pretensiones para invalidar arbitraje ahora de 128,7 millones U$D, sobre el que objetaba el Reino faltas de jurisdicción, inmunidad y de acuerdo arbitral.
Muchos pequeños inversores podrían estar viéndose perjudicados por la imposición injustificada de penalizaciones según tablas arbitrarias sin posibilidad de verificar.
Instalación de calderas de pellets en Málaga
Base: 208.964,45 €
Realización de los trabajos de instalación fotovoltaica para autoconsumo en León
Base: 720.554,02 €