Son muchas las consultas recibidas en relación a por qué en España a diferencia de otros países los proconsumidores tienen que pagar costes «innecesarios» en el ahorro de su factura energética.
El desarrollo del autoconsumo como fuente alternativa de generación de electricidad al margen del sistema eléctrico requiere la regulación de una actividad que no tenía hasta la fecha un marco legal y reglamentario específico. La Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, tiene por finalidad garantizar un desarrollo ordenado de la actividad, compatible con la necesidad de garantizar la sostenibilidad técnica y económica del sistema eléctrico en su conjunto. Y en este sentido, el articulado de la ley establece la obligación de las instalaciones de autoconsumo de contribuir a la financiación de los costes y servicios del sistema en la misma cuantía que el resto de los consumidores.
Efectivamente, y en todo caso, el artículo 9.3 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, establece que "todos los consumidores sujetos a cualquier modalidad de autoconsumo tendrán la obligación de contribuir a los costes y servicios del sistema por la energía autoconsumida, cuando la instalación de generación o de consumo esté conectada total o parcialmente al sistema eléctrico.
Para ello estarán obligados a pagar los mismos peajes de acceso a las redes, cargos asociados a los costes del sistema y costes para la provisión de los servicios de respaldo del sistema que correspondan a un consumidor no sujeto a ninguna de las modalidades de autoconsumo descritas en el apartado anterior."
Instamos a los líderes de la UE a que sigan apoyando el diseño fundamental de los mercados de electricidad y carbono de la UE.
En referencia al aumento de la producción de petróleo en 206.000 barriles diarios a partir de abril en respuesta a la escalada del conflicto en Oriente Medio, incluida la interrupción del suministro de petróleo y gas en el estrecho de Ormuz.